Resolución N° 0065/21
Nro de Expediente:
2020-3230-98-000549
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/01/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
PROYECTO DE DECRETO A LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO PARA IMPONER UNA MULTA DE 98 U.R. AL SR. PABLO HORACIO LIMA DE LOS SANTOS POR LAS OBRAS SIN PERMISO CONSTATADAS EN EL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD, SITO EN LA CALLE JUAN PAULLIER Nº 1829.-

Montevideo, 11 de Enero de 2021.-
 

                         VISTO: las obras sin permiso constatadas en el inmueble sito en la calle Juan Paullier Nº 1829, propiedad del Sr. Pablo Horacio Lima de los Santos, C.I. Nº 4.193.222-4;

                                 RESULTANDO: 1º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa que: a) correspondería aplicar una multa de 98 U.R., según lo que establece el literal A, numeral 4, Art. 15º del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84, así como lo dispuesto por Resolución Nº 2287/13 del 3/VI/13; b) la Administración ha agotado las instancias que han dado lugar a las presentes actuaciones y c) se dispuso la notificación pertinente según consta en obrados sin haberse presentado descargos;

                                                       2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;

                         CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por el Art. 19º, numeral 30 de la Ley 9.515 de 28/X/35 por multas comprendidas entre más de 70 U.R. y 350 U.R. corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:


PROYECTO DE DECRETO

ARTICULO 1º.- Autorízase a la Intendencia de Montevideo para imponer una multa de 98 U.R. (noventa y ocho unidades reajustables) al Sr. Pablo Horacio Lima de los Santos, C.I. Nº 4.193.222-4, propietario del inmueble sito en la calle Juan Paullier Nº 1829, con domicilio en igual calle Nos. 1811 y 1829, de acuerdo con lo que establece el numeral 4, literal A del Art. 15º del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese

2º. Comuníquese al Servicio de Contralor de la Edificación y pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-