Resolución N° 0221/20
Nro de Expediente:
2019-9073-98-000067
 
DESARROLLO ECONÓMICO
Fecha de Aprobación:
20/01/2020


Tema:
REITERACIONES PAGO/GASTOS

Resumen:
REITERAR EL GASTO DE LA SUMA DE $ 26.140,17 A FAVOR DE LA EMPRESA LEJACIR S.A., CORRESPONDIENTE A LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 362778/1 PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE SANEAMIENTO (GRUPO 35) EN VARIAS ZONAS DEL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO.

Montevideo, 20 de Enero de 2020.-
 

VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Licitación Pública Nº 362778/1 para la ejecución de obras de saneamiento (Grupo 35) en varias zonas del Departamento de Montevideo;

RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 5306/19 de 11 de noviembre de 2019 se adjudicó la mencionada licitación, a la empresa LEJACIR S.A., por la suma total de $ 32:277.895,21 (pesos uruguayos treinta y dos millones doscientos setenta y siete mil ochocientos noventa y cinco con 21/100) imprevistos, aportes sociales e impuestos incluidos;

2o.) que el Tribunal de Cuentas de la República por Resolución Nº 3136/19 de 18 de diciembre de 2019 observó el gasto de $ 26.140,17 por contravenir lo dispuesto en el Art. 15 (imputación con cargo al déficit) del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF);

CONSIDERANDO: 1o.) que el Departamento de Desarrollo Ambiental informa que el Departamento de Recursos Financieros autorizó la imputación con cargo a fondos no presupuestados, habiéndose adoptado las medidas necesarias para mantener el equilibrio presupuestal;

2o.) lo previsto en los artículos 211 literal B) de la Constitución de la República y 114º del TOCAF;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Reiterar el gasto de la suma de $ 26.140,17 (pesos uruguayos veintiséis mil ciento cuarenta con 17/100) a favor de la empresa LEJACIR S.A., correspondiente a la Licitación Pública Nº 362778/1 para la ejecución de obras de saneamiento (Grupo 35) en varias zonas del Departamento de Montevideo.

2.- La imputación realizada para atender el gasto de que se trata fue debidamente autorizada, habiéndose adoptado las medidas necesarias para mantener el equilibrio presupuestal, en virtud de lo cual se dispone la reiteración del gasto.

3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y pase a la Contaduría General a sus efectos.

 

 

 

 

 

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-