VISTO: la gestión iniciada por el Club Capitán Arcona Bochas y Football Club, por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 39.837, ubicado en la calle Adolfo Vaillant No. 172;
RESULTANDO: 1o.) que el gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal según Decreto No. 36.867 de 8/11/2018, promulgado por Resolución No. 5385/18 de 19/11/2018, por el período 1/01/2015 al 31/12/2020;
2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que dicha Institución no cumple con los requisitos establecido por el Decreto No. 25.074 de 25/07/1991, por lo que de acceder a lo solicitado, correspondería promover el dictado de un proyecto de decreto solicitando a la Junta Departamental la anuencia para exonerar del 100 % del impuesto de Contribución Inmobiliaria al Club Capitán Arcona Bochas y Football Club, respecto del inmueble padrón No. 39.837 por el período 1/01/2021 al 31/12/2025, siempre que se mantengan las condiciones actuales en cuanto a la propiedad y destino del inmueble y señala que la Intendencia dejaría de percibir la suma anual aproximada de $ 55.539,00;
3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros entiende procedente el dictado de un proyecto de decreto a enviar a la Junta Departamental solicitando se faculte a esta Intendencia a exonerar del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria a la referida Institución, respecto del inmueble padrón No. 39.837, por el período 1/01/2021 al 31/12/2025;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para exonerar al Club Capitán Arcona Bochas y Football Club, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria respecto al inmueble padrón No. 39.837 por el período 1/01/2021 al 31/12/2025, siempre que se mantengan las condiciones actuales en cuanto a la propiedad y destino del inmueble, dejando de percibir anualmente la Intendencia la suma total aproximada de $ 55.539,00 (pesos uruguayos cincuenta y cinco mil quinientos treinta y nueve).-
Artículo 2o.- Comuníquese.-
2o.- Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.- |