VISTO: la Resolución No. 1951/16, de 9 de mayo de 2016, referida al funcionamiento de la Comisión Asesora de Inversiones;
RESULTANDO: 1o.) que mediante el numeral 1o. de la misma se estableció que dicha Comisión asesoraría en relación a las sugerencias o propuestas presentadas por particulares para la realización de obras públicas departamentales, el mejor aprovechamiento de espacios públicos o la prestación de servicios que requieran infraestructuras a ubicar en bienes departamentales de uso público, en el régimen establecido en los Decretos Nos. 26.207, 27.957 y 29.675, de 13 de diciembre de 1993, 30 de marzo de 1998 y 12 de noviembre de 2001, respectivamente;
2o.) que asimismo en sus numerales 2o. y 3o. se delegaron en la citada Comisión las facultades necesarias para efectuar esas declaraciones, aprobar los pliegos de condiciones y realizar los procedimientos correspondientes, con la integración que se menciona;
CONSIDERANDO: 1o.) la iniciativa de la Gerencia de Compras que origina estas actuaciones, solicitando especificaciones respecto a los casos en que correspondería la actuación de esa Gerencia, o de la Comisión Asesora de Inversiones;
2o.) los dictámenes de la División Asesoría Jurídica que anteceden, expresándose, en particular en los dictámenes de fecha 18 de enero de 2017, la existencia de incongruencia al asignarse la posibilidad de adoptar decisiones a una dependencia calificada como asesora, la que, según las delegaciones efectuadas, pasa a tener facultades propias de un órgano ejecutivo;
3o.) que -se señala- tampoco se habrían asignado a la Comisión Asesora de Inversiones personal ni infraestructura necesarias para ejercer las facultades objeto de delegación;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Revocar los numerales 2o. y 3o. de la Resolución No. 1951/16, de 9 de mayo de 2016.-
2.- La Comisión Asesora de Inversiones deberá expresar en todos los casos su parecer en relación a los proyectos de pliegos de condiciones elaborados por la Gerencia de Compras, cuando mediase declaración de interés departamental ante propuestas o sugerencias de iniciativas privadas (en los regímenes del Decreto No. 26.207 y modificativos, o de la Ley No. 17.555, de 18 de setiembre de 2002), en forma previa a su formal aprobación y a la convocatoria de los procedimientos que pudieran corresponder.-
3.- En las oportunidades referidas en el numeral que antecede, la Comisión Asesora de Inversiones podrá solicitar el apoyo de los titulares de las reparticiones y dependencias mencionadas en el numeral 2o. de la Resolución No. 4992/15, de 26 de octubre de 2015.-
4.- Comuníquese a la Junta Departamental, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Información y Comunicación, Asesoría Jurídica, a la Contaduría General y pase al Departamento de Desarrollo Económico a sus efectos.-
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