Resolución N° 0066/21
Nro de Expediente:
2016-4112-98-000732
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/01/2021


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
SE REVOCA LA VIABILIDAD DE USO AUTORIZADA POR RESOLUCIÓN Nº 5296/15 DEL 9/XI/15 DEL ESTABLECIMIENTO DESTINADO A DEPÓSITO DE PRODUCTOS COMESTIBLES Y NO COMESTIBLES, UBICADO EN EL PREDIO PADRÓN Nº 64.184, SITO CON FRENTE A LA CALLE ESPRONCEDA Nº 2040.-

Montevideo, 11 de Enero de 2021.-
 

                         VISTO: que Termopak S.R.L. solicitó regularizar el establecimiento destinado a depósito de productos comestibles y no comestibles ubicado en el predio padrón Nº 64.184  sito con frente a la calle Espronceda Nº 2040;

                         RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 5296/15 del 9/XI/15 se autorizó con carácter precario y revocable la viabilidad de uso para dicho establecimiento;

                                                       2º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa que: a) no se inició trámite de habilitación comercial dentro de los plazos estipulados; b) en fecha 28/V/18 se realizó inspección profesional no respondiendo nadie al llamado y una vecina declaró que no existe actividad en el establecimiento; c) se notificó a la empresa confiriendo 10 días de plazo para tomar vistas de lo actuado sin presentar descargos al respecto; d) se realizaron búsquedas para el padrón de obrados de las cuales no surgen permisos de construcción tramitados con posterioridad a la gestión de viabilidad de usos y e) por lo expuesto, se entiende que corresponde proceder a la revocación de la viabilidad de uso autorizada;

                                                       3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones se manifiesta de conformidad;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende pertinente el dictado de resolución en tal sentido;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Revocar la viabilidad de uso autorizada por Resolución  Nº 5296/15 del 9/XI/15  del establecimiento destinado a depósito de productos comestibles y no comestibles, ubicado en el predio padrón Nº 64.184, sito con frente a la calle Espronceda Nº 2040, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

2º. Comuníquese al Municipio E, a las Divisiones Tránsito y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 6, de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, de Ingeniería de Tránsito, de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental y pase al Servicio Contralor de la Edificación.

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-