Resolución N° 0094/20
Nro de Expediente:
2019-0011-98-000290
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
13/01/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
SE CONTRATA EN RÉGIMEN DE VOLUNTARIADO SOCIAL AL CIUDADANO SR. SERGIO PADILLA A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN Y POR EL TÉRMINO DE 1 AÑO.-

Montevideo, 13 de Enero de 2020.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Municipio A;

                         RESULTANDO: que solicita la contratación del ciudadano Sr. Sergio Padilla para desempeñar tareas en régimen de voluntariado social en el proyecto "Rehabilitación del Edificio Patrimonial almacén de La Pólvora (del Cerro)", en relación a la gestión patrimonial y transferencia de los conocimientos adquiridos en proceso previo, en un régimen horario de 10 (diez) horas semanales, por el plazo de 1 (un) año;

                         CONSIDERANDO: 1º.) que el Equipo Técnico Asesoría Jurídica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales informa que el ciudadano declaró conocer la reglamentación y sus Derechos y Deberes, y que forma parte del acto administrativo en todos sus términos por lo que sugiere autorizar la contratación del referido ciudadano en régimen de voluntariado social a partir de la fecha de su notificación y por el término de 1 (un) año;
                                                            2º.) que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente dictar resolución en tal sentido, al amparo de la Resolución Nº 3509/11 de 1º de agosto de 2011;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.-    Contratar en régimen de voluntariado social, al amparo de la Resolución Nº 3509/11 de 1º de agosto de 2011, al ciudadano Sr. Sergio Padilla, CI Nº 1.781.285, a partir de la notificación de la presente resolución y por el término de 1 (un) año, para realizar tareas en el Municipio A, en el proyecto "Rehabilitación del Edificio Patrimonial almacén de La Pólvora (del Cerro)" con una carga semanal de 10 (diez) horas semanales.-
2º.-    Establecer que la actuación del voluntario no podrá suplir puestos de trabajo formales, pudiendo la Administración y el Voluntario Social rescindir unilateralmente la contratación en cualquier momento. En el caso del Voluntario, deberán notificar fehacientemente a la Institución con una antelación no menor a 20 (veinte) días hábiles.-
3º.-    Comuníquese al Municipio A, para la notificación correspondiente, a la División Administración de Personal y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

JORGE BURIANI PARDO, SECRETARIO GENERAL (I).-