VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Elías Pérez, quien se desempeña en el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15;
RESULTANDO: 1º.) que por Resolución Nº 570/15/5100 de fecha 20 de noviembre de 2015 se lo incluyó en el régimen de limitación de tareas por causal médica desempeñando tareas correspondientes al Escalafón Obrero, Subescalafón Oficial, Carrera 1300 Operario Oficial; 2º.) que por Resolución Nº 317/16/5100 de fecha 1º de agosto de 2016 se lo mantuvo en dicho régimen con las limitaciones aconsejadas por los Tribunales Médicos; 3º.) que por Resolución Nº 197/19 de fecha 7 de enero de 2019 se lo mantuvo en dicho régimen y se lo trasladó al Departamento de Cultura para desempeñar tareas en la Escuela de Música ¨Vicente Ascone¨, por un período de prueba de 6 (seis) meses; 4º.) que la Unidad Escuela de Música ¨Vicente Ascone¨ solicita dejar sin efecto su traslado a dicha Unidad; 5º.) que se realizó un nuevo Tribunal Médico que dispuso mantenerlo en el régimen de tareas aliviadas por el término de 6 (seis) meses desde el 5 de diciembre de 2019; 6º.) que el Grupo de Trabajo en Reconversión y Reinserción Laboral informa que corresponde dejar sin efecto el traslado dispuesto por Resolución Nº 197/19 de fecha 7 de enero de 2019, debiendo volver al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 en régimen de tareas aliviadas con las limitaciones aconsejadas por el Tribunal Médico;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Dejar sin efecto el traslado dispuesto por Resolución Nº 197/19 de fecha 7 de enero de 2019.- 2º.- Mantener en el régimen de limitación de tareas al funcionario Sr. Elías Pérez, CI Nº 3.297.343, con las limitaciones aconsejadas por la Unidad de Certificaciones Médicas, desde el 5 de diciembre de 2019 y por el término 6 (seis) meses.- 3º.- El referido funcionario deberá ser sometido a nuevo examen médico por distinto Tribunal que al respecto designará la Unidad de Certificaciones Médicas.- 4º.- Comuníquese al Municipio C, al Departamento de Cultura, a las Divisiones Administración de Personal, Promoción Cultural y Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y Centro Comunal Zonal Nº 15, para la notificación correspondiente, a las Unidades Información de Personal y Certificaciones Médicas, a la Escuela de Música ¨Vicente Ascone¨ y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos, debiendo volver las presentes actuaciones a la Unidad Certificaciones Médicas, en forma inmediata.- |