Resolución N° 0131/24
Nro de Expediente:
2023-4300-98-000169
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
08/01/2024


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
APROBAR EL TEXTO DEL CONVENIO ENTRE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO Y LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA DE LA UDELAR

Montevideo, 08 de Enero de 2024.-
 

VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la División Salud, tendientes a aprobar el texto del convenio a suscribirse entre la Facultad de Psicología de la Universidad de la República (UDELAR) y esta Intendencia;

RESULTANDO: 1o.) que esta Intendencia viene desarrollando políticas sociales en atención los sectores más desprotegidos de la sociedad, siendo las personas y en especial las mujeres con discapacidad, uno de los más vulnerables a través de la División Salud del Departamento de Desarrollo Social;

2o.) que la Facultad de Psicología ha consolidado una línea de desarrollo en materia de enseñanza, intervención e investigación referente a la accesibilidad para esa población objetivo desarrollando acuerdos con diversas instituciones públicas y privadas relacionadas con el tema;

3o.)que el convenio cuya aprobación se propicia tiene por objeto desarrollar una estrategia de abordaje en Salud Sexual y Reproductiva de mujeres con discapacidad para Policlínicas de la IdeM , desde una perspectiva de derechos e inclusión;

4o.)que la División Salud solicita se apruebe la renovación del texto del convenio a suscribirse entre laFacultad de Psicología de la Universidad de la República (UDELAR) y esta Intendencia, por la suma total de $ 768.700,oo (pesos uruguayos setecientos sesenta y ocho mil setecientos);

5o.) que la mencionada suma se abonará en 6 (seis) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas de $ 128.116,67 (pesos uruguayos ciento veintiocho mil ciento dieciséis con sesenta y siete centésimos), abonando la primera de ellas a la firma del convenio;

6o) que el texto pasó por el Equipo Técnico de Contralor de Contratos quien formuló modificaciones las cuales fueron incluidas en el texto definitivo;

7o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal del Departamento de Desarrollo Social elevó el referido texto que se pretende suscribir por el plazo de 6 (seis) meses;

8o.) que a tales efectos la Unidad de Gestión Presupuestal realizó la imputación en el sistema SAP con cargo a las solicitudes SPFI Nº 142.240;

CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social entiende pertinente su aprobación en el sentido indicado;

1o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo Nº 280 de la Constitución de la República;

2o) lo previsto en el artículo 33, literal D), numeral 1º) del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF);

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Convalidar lo actuado y aprobar el texto del convenio a suscribirse entre la Facultad de Psicología de la Universidad de la República (UDELAR) y esta Intendencia, en los siguientes términos:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO Y FACULTAD DE PSICOLOGÍA

En la ciudad de Montevideo, el __________ de __________ de __________, comparecen:

POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo en adelante la IdeM, representada en este acto por el/la Sr/Sra. __________ en su calidad de __________, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el número 211763350018, con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nro. 1360 de esta ciudad.-

Y POR OTRA PARTE:La Facultad de Psicología de la Universidad de la República (UDELAR), en adelante la Facultad, representada en este acto por el/la Sr/Sra. __________ en su calidad de __________, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el 214471920013 con domicilio en la calle Tristán Narvaja Nº 1674 , de esta ciudad, quienes convienen lo siguiente:

PRIMERO • Antecedentes: I) En el marco de las políticas sociales que ha venido desarrollando la IdeM en atención a los sectores más desprotegidos de la sociedad, siendo las personas y en especial las mujeres con discapacidad, uno de los más vulnerables y atento a que la Facultad de Psicología ha consolidado una línea de desarrollo en materia de enseñanza, intervención e investigación referente a la accesibilidad para esa población objetivo desarrollando acuerdos con diversas instituciones públicas y privadas relacionadas con el tema, es que ambas partes entienden conveniente la suscripción del presente convenio; II) Por medio del presente, la IdeM y la Facultad, a través del Centro de Experimentación e Innovación Social se presentan ante la sociedad como interlocutores ante otros actores involucrados en la temática de la salud sexual y reproductiva de las mujeres con discapacidad.-

SEGUNDO • Objeto: El presente convenio tiene por objeto desarrollar una estrategia de abordaje en Salud Sexual y Reproductiva de mujeres con discapacidad para Policlínicas de la IdeM, desde una perspectiva de derechos e inclusión.-

TERCERO • Objetivos específicos: a) Capacitar a equipos de salud del primer nivel de atención en salud sexual y reproductiva de mujeres con discapacidad; b) Sensibilizar acerca de la eliminación de barreras físicas, comunicacionales y actitudinales para el acceso de las mujeres con discapacidad, independientemente del origen de la condición de salud; c) Adaptar y validar materiales de información y prevención en temas de salud sexual y reproductiva a formatos accesibles: lectura fácil y pictogramas, orientaciones a equipos de comunicación de la IdeM para realizar audiovisuales accesibles; d) Capacitar a equipos de salud sexual y reproductiva en detección y derivación de situaciones de violencia en mujeres con limitaciones en la comprensión/expresión, discapacidad intelectual y diversidad lingüística. La metodología para llevar a cabo estos objetivos se establecen según Anexo I que se considera parte integrante y se suscribe simultáneamente al presente.-

CUARTO • Obligaciones de las partes:

A) La Facultadse obliga a: a) Proporcionar 1 (un) equipo técnico docente integrado por tres docentes grado 1 con 20 (veinte) horas y un docente grado 2 con 16 (dieciséis) horas de la Facultad de Psicología; b) Realizar un trabajo conjunto con el equipo de salud y personal de la policlínica en instancias grupales;

B)La IdeM se obliga a:a) Transferir a la Universidad de la República con destino a la Facultad de Psicología, la suma total de $ 768.700.oo (pesos uruguayos setecientos sesenta y ocho mil setecientos), destinada al pago de salarios de los docentes que sean designados para realizar las tareas, la que se abonará en seis (6) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas de $ 128.116,67 (pesos uruguayos ciento veintiocho mil ciento dieciséis con sesenta y siete centásimos), la primera de ellas a la firma del convenio. Dichas sumas se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta número __________ del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) a nombre de la Facultad de Psicología.El referido monto se ajustará por la escala salarial docente de UdelaR.-

QUINTO • Comisión de seguimiento y evaluación:A efectos de evaluar el cumplimiento del presente convenio y proponer sus eventuales modificaciones o ampliaciones, se formará una “Comisión de Seguimiento y Evaluación” integrada por 2 (dos) responsables por cada parte, la que deberá presentar informes trimestrales ante la IdeM y la Facultad.-

SEXTO • Plazo:El plazo de este convenio es de 6 (seis) meses a partir de su firma, el que podrá eventualmente ser renovado por un período igual o menor previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento y Evaluación.-

SÉPTIMO • Responsabilidades: La facultad asume las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y las personas contratadas para llevar adelante la ejecución de este convenio, así como las obligaciones legales y convencionales que por ella pudieren generarse con otros organismos estatales o terceros, respecto de las cuales la es por completo ajena. La Facultad, indemnizará en el caso de daños materiales o personales causados a funcionarios/as departamentales, municipales, técnico administrativos de Udelar, docentes de Udelar o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en el cumplimiento de sus obligaciones.-

OCTAVO. Rendicion de cuentas.La Facultad se obliga a presentar un informe de revisión limitada sobre el cumplimiento del pago a las contrataciones a las que se refiere la cláusula cuarto. Dicho informe deberá ser emitido por contador público, de acuerdo con la Resolución de la IdeM N.º 4401/13 de fecha 30 de setiembre de 2013 que establece la obligatoriedad del Pronunciamiento Nº 20 del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay y la Resolución Nº 2554/14 de fecha 23 de junio de 2014 para las rendiciones de cuentas, y que la Facultaddeclara conocer y aceptar. Dicharendición deberá ser presentada en un plazo máximo de60 (sesenta) días contados a partir del último dia del mes en que se recibieron los fondos.-

NOVENO • Acoso Sexual Laboral: La Facultad declara conocer las normas sobre acoso sexual establecidas en el marco de la Ley Nº 18.561, así como las establecidas en el Protocolo de Actuación en Acoso Sexual Laboral aprobado mediante Resolución Nº 3419/12 del 13 de agosto del año 2012 de la IdeM. La constatación de su falta de actuación ante denuncias de acoso sexual laboral de todos aquellos casos que mantengan con la Facultad una relación laboral directa, significará causal de rescisión del convenio que esta mantuviera con la IdeM. Asimismo, la IdeM declara conocer la Ordenanza de Actuación ante situaciones de Violencia, acoso y discriminación que rige los procedimientos de actuación realizados por la Universidad de la República ante situaciones de violencia, acoso y discriminación con el fin de preservar el derecho al trabajo y estudio en ambientes libres de estos comportamientos aplicables a integrantes de la comunidad universitaria que participan de actividades de la Institución,aplicables en cuanto corresponde al personal de empresas tercerizadas y prestadores de servicios. Quedan comprendidas situaciones de violencia, acoso y discriminación que tengan lugar en las sedes universitarias durante el transcurso de actividades de trabajo, estudio, gestión y cogobierno, actividades relacionadas con ellas o que sean consecuencia de ella y situaciones producidas fuera de los locales universitarios, siempre y cuando se relacionen con actividades de trabajo, estudio, gestión y cogobierno y estén bajo control de la Institución.-

DÉCIMO • Rescisión: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de las partes dará lugar al inicio, previa constatación, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio. Se considerará que alguna de las partes ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión cuando, notificada por escrito de la constatación, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la parte reclamante, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo que las partes declaran conocer y aceptar.-

DÉCIMO-PRIMERO • Mora:La mora en el cumplimiento de las obligaciones pactadas se producirá de pleno derecho y por el solo vencimiento de los términos fijados o por la omisión o realización de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo pactado.-

DÉCIMO-SEGUNDO • Prohibiciones: La Facultad no podrá ceder los derechos y obligaciones emergentes de este convenio, no admitiéndose sub-contratos.-

DÉCIMO-TERCERO • Domicilios especiales:Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este convenio, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.-

DÉCIMO-CUARTO • Comunicaciones:Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. Y en prueba de conformidad se firman 4 (cuatro) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-

ANEXO I

METODOLOGÍA DE TRABAJO

 

Para los objetivos de los literales a y b de la clausula segunda:

Modalidad taller: que se dividirá en dos partes, la primera de exposición teórica y la segunda en modalidad participativa a partir de situaciones identificadas y viñetas propuestas por el equipo. La actividad incluirá orientaciones para la atención desde la diversidad de ajustes y adecuaciones posibles que garantizan el ejercicio de los derechos de las mujeres, tanto como una mejora en el vínculo con profesionales y personal administrativo y de servicios. Espacio de intercambio sobre experiencias de los equipos.

Duración máxima por taller de 2.30 hrs.-

Para el objetivo del literal c:

La toma de contacto con el material seleccionado por la IdeM para el proceso de adaptación y elaboración de primera versión, elaboración de pauta de validación, reuniones con equipos de Salud Sexual y Reproductiva referentes para la validación, elaboración de versión definitiva.-

Para el objetivo del literal d :

En modalidad taller de 3 hrs. de duración por grupo. Acompañamiento a demanda frente a dudas en la práctica.-

La logística de las actividades es a coordinar con la IdeM de acuerdo con la disponibilidad y las posibilidades de convocatoria.-

Primera fase:

Objetivos 1 y 2. Cada taller será por única vez con el mismo grupo. Proponemos comenzar por agrupamientos de policlínicas a los efectos de favorecer el intercambio y la trasmisión de experiencias.-

Al finalizar la ronda de talleres se propondrá una actividad colectiva general con la participación de organizaciones de mujeres con discapacidad, haciendo extensiva la participación a mujeres con discapacidad que no estén organizadas. El objetivo de esta actividad es acercar la percepción de usuarias acerca de los servicios, identificación de necesidades y propiciar la elaboración de propuestas conjuntas. Plazo: durante el plazo del convenio.-

Segunda fase:

Objetivos 3 y 4. El proceso de validación de materiales se llevará a cabo en coordinación con el NICA en trabajo interdisciplinario conformado por psicología, lingüística y diseño. Plazo: primeros 4 meses de inicio del convenio.-

2.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a la solicitud SPFI Nº 142.240.-

4.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la renovación del convenio que se aprueba por el numeral 1º.-

5.- Comuníquese a los Departamento de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Desarrollo Social, a la Divisiones de Salud, de Políticas Sociales y de Asesoría Jurídica, a los Servicios de Escribanía y de Atención a la Salud, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal, a las Unidades Centrales de Auditoría Interna y de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal y pase a la Unidad Contralor de Liquidaciones de Convenios, Compensaciones y Garantías (para su conocimiento), cumplido remitir a la División Salud a fin de proseguir con el trámite para la rúbrica entre las partes.-

 

 

 

 

 

 

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-