Resolución N° 0009/23
Nro de Expediente:
2022-5504-98-000045
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
02/01/2023


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
APROBAR EL TEXTO DEL CONVENIO A SUSCRIBIRSE ENTRE LA ASOCIACIÓN CENTRO CULTURAL PARA LA INVESTIGACIÓN TAROBÁ Y ESTA INTENDENCIA, EN EL MARCO DE LOS BENEFICIOS QUE OTORGA LA CREDENCIAL VERDE.-

Montevideo, 02 de Enero de 2023.-
 

          VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la Unidad de Atención y Orientación sobre Servicios Sociales, tendientes a aprobar el texto de convenio a suscribirse entre la Asociación Civil Centro Cultural para la Integración -Tarobá- y esta Intendencia, en el marco de los beneficios que otorga la Credencial Verde;

        RESULTANDO: 1o.) que esta Intendencia a través del Departamento de Desarrollo Social, tiene entre sus cometidos promover el acceso de la población a bienes culturales y servicios sociales, fomentando la difusión y democratización del acceso a actividades socio-culturales, así como promover la accesibilidad y los derechos tendientes a cubrir necesidades específicas de las personas en situación de discapacidad técnicamente evaluadas;

2o.) que el proyecto que lleva adelante la citada Unidad con respecto a la Credencial Verde, consiste en una tarjeta por la cual sus titulares -personas en situación de discapacidad técnicamente evaluadas-, obtienen beneficios y descuentos en los pagos contado que se realicen en diversas empresas e instituciones sociales de diferentes rubros;

3o.) que la Asociación Civil Centro Cultural para la Investigación -Tarobá- se dedica a la inclusión de personas en situación de discapacidad, que tiene como propósito estimular a sus estudiantes a vincularse con los distintos grupos que existen en la sociedad;

4o.) que el acuerdo a suscribir entre las partes tiene por objeto otorgar a las personas beneficiarias de la credencial un 100 % de descuento en la matrícula de inscripción al curso para cada nuevo ingreso;

5o.) que por Resolución Nº 3276/22 de fecha 15 de agosto de 2022 se aprobó el texto base del convenio que se propicia;

6o.) que la Unidad de Atención y Orientación sobre Servicios Sociales solicita se apruebe el texto del convenio a suscribirse con la Asociación Civil Centro Cultural para la Integración -Tarobá-, por el plazo de 1 (un) año, el que se renovará automáticamente en forma sucesiva por iguales períodos, salvo que alguna de las partes manifieste su voluntad en contrario con una anticipación mínima de 30 (treinta) días al vencimiento del plazo original o cualquiera de sus prórrogas;

7o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal elevó el texto del convenio cuya aprobación se propicia;

8o.) que el Equipo Técnico Contralor de Contratos formuló observaciones al texto propuesto, las que fueron recogidas y consignadas en el presente cuya aprobación se propicia;

9o.) que la División Políticas Sociales se manifiesta de conformidad;

          CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima pertinente el dictado de resolución en el sentido indicado;

2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280 de la Constitución de la República;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Aprobar el texto del convenio a suscribirse entre la Asociación Civil Centro Cultural para la Integración -Tarobá- y esta Intendencia, en el marco de los beneficios que otorga la Credencial Verde para las personas con discapacidad, en los siguientes términos:

CONVENIO ENTRE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO Y EL CENTRO CULTURAL PARA LA INTEGRACIÓN TAROBÁ EN EL MARCO DE LOS BENEFICIOS OTORGADOS POR LA CREDENCIAL VERDE

En la ciudad de Montevideo el .................... de .................... de ...................., comparecen:

POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo en adelante la IdeM, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 211763350018, representada en este acto por el/la Sr./Sra .................... en su calidad de ...................., con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360 de esta ciudad.-

Y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil Centro Cultural para la Integración -Tarobá-, en adelante institución inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 216369740016, representada en este acto por el/la Sr./Sra ...................., titular de la cédula de identidad Nº ...................., en sus calidad de ...................., con domicilio en la calle Fray Bentos Nº 3663 de esta ciudad, convienen celebrar el presente acuerdo en los siguientes términos:

PRIMERO Antecedentes: a) La IdeM, a través del Departamento de Desarrollo Social, tiene entre sus cometidos promover el acceso a bienes culturales y servicios para personas en situación de discapacidad técnicamente evaluadas. Tales fines se concretan a través de la Credencial Verde (CV); b) La población objetivo de dicha Credencial son personas en situación de Discapacidad que residan en Montevideo y área Metropolitana; c) Tendrán acceso a los beneficios que otorgue la CV, el acompañante para aquellos casos en que el titular lo requiere, lo que estará especificado en la propia tarjeta; d) La CV de la IdeM, consiste en una tarjeta de descuentos y beneficios expedida por esta Intendencia. Los titulares obtienen beneficios y descuentos en los pagos contados que se realicen en diversas empresas e instituciones sociales de diferentes rubros; e) La tarjeta será de carácter intransferible debiéndose presentar acompañada por la cédula de identidad del titular o su fotocopia, cada vez que sea utilizada por éste. En caso de imposibilidad del titular aquellos que tengan calidad de acompañante podrán retirar en su nombre la compra; f) La tarjeta no tiene vencimiento; g) La institución comprometiéndose a la accesibilidad en la integración social de las personas con discapacidad y visualizando en dicha población la necesidad existente de acceder a sus productos y servicios, muestra su interés en conceder a los titulares de la CV descuentos y/o beneficios. Es en tal sentido que ambas partes entienden de vital relevancia crear este acuerdo.-

SEGUNDO Objeto: El presente convenio tiene por objeto otorgar a las personas titulares de la CV, los beneficios detallados en la cláusula tercera de este convenio.-

TERCERO Obligaciones de la empresa/institución: La institución, se obliga a: a) Comunicar a la Unidad de Atención y Orientación sobre Servicios Sociales de la IdeM, los términos de nuevos beneficios y descuentos ofrecidos a los usuarios; así como las Condiciones de descontinuación de los beneficios transitorios por parte de solicitante o en forma general (plazos, promociones, ofertas puntuales, etc); b) Brindar a los titulares de la credencial verde 100 % de descuento en la matrícula de inscripción al curso para cada nuevo ingreso.-

CUARTO Forma de adquisición de los beneficios y/o descuentos: Para que el/la beneficiario/a pueda acceder a los beneficios y/o descuentos deberá exhibir en el lugar indicado por la empresa/organización la Credencial Verde, y cédula de identidad.-

QUINTO Obligaciones de la IdeM: La IdeM se obliga a: a) Difundir este Convenio; b) Emitir y tramitar, a través de la dependencia que el Departamento de Desarrollo Social indique, en forma gratuita, la CV a las personas que lo soliciten personalmente o a través de sus representantes (representantes legales y/o familiares), que exhiban documento de identidad vigente y acrediten debidamente su discapacidad y residencia en el Departamento de Montevideo y Área Metropolitana. En la CV figurará el nombre y el apellido del titular, su documento de identidad, si requiere o no de acompañante, así como un teléfono y correo electrónico de consulta institucional; c) Publicar y distribuir entre los titulares de la CV, una guía informativa en la que se establecerá el nombre comercial, el domicilio y los beneficios y/o descuentos a realizar por la empresa/institución y las condiciones para la concesión de los mismos; d) La IdeM no se responsabiliza de aceptación y condiciones de descuentos y beneficios para los casos en que el titular cuente además con la Tarjeta Dorada, en relación a la acumulación de descuentos.-

SEXTO Plazo: El presente convenio entrará en vigencia a partir de su suscripción y por el plazo de 1 (un) año, renovándose automáticamente en forma sucesiva por iguales períodos, salvo que alguna de las partes manifieste su voluntad en contrario con una anticipación mínima de 30 (treinta) días al vencimiento del plazo original o cualquiera de sus prórrogas.-

SÉPTIMO Mora automática: La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.-

OCTAVO Rescisión: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones legales o convencionales a cargo de cualquiera de las partes, dará lugar al inicio, previa constatación, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio. Se considerará que se ha configurado incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de su constatación, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes la parte incumplidora no lo rectificara a satisfacción de la otra, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo que la institución declara conocer y aceptar.-

NOVENO Domicilios especiales: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos judiciales o extrajudiciales de este convenio en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.-

DÉCIMO Comunicaciones: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.-

DÉCIMO-PRIMERO Representación:La institución acredita la representación invocada según certificado notarial expedido el día .................... de .................... de .................... por el/la escribano/a ...................., en .................... hoja/as de papel notarial de actuación serie .................... Nº/os ...................., que exhibe en este acto. En prueba de conformidad se firman 4 (cuatro) ejemplares de idéntico tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-

2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar el texto del convenio que se aprueba por el numeral primero.-

3.- Comuníquese a los Departamento de Secretaría General y de Desarrollo Social, a las Divisiones de Políticas Sociales, de Salud y de Asesoría Jurídica, a la Secretarías de Discapacidad y de Empleabilidad para la Inclusión Social, al Servicio de Escribanía, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal, a la Unidad Central de Auditoría Interna, a la Unidad de Gestión Presupuestal y pase a la Unidad de Atención y Orientación sobre Servicios Sociales a sus efectos.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

Federico Graña 1906070, SECRETARIO GENERAL (I).-