VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a concurso abierto de evaluación de méritos Nº 1341-E2/21, para cubrir 18 (dieciocho) funciones de contrato zafral de INSTRUCTOR/A O ENTRENADOR/A PARA TAREAS ESPECÍFICAS EN ESCUELAS DE INICIACIÓN DEPORTIVAS, para desempeñar tareas en el marco del “Programa Verano 2021-2022” desarrollado por la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación, División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, autorizado por Resolución Nº 3922/21 de fecha 18 de octubre de 2021;
RESULTANDO: 1º.) que el Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional informa que el aspirante Sr. Luis Melo, cuyo examen médico se encontraba pendiente, fue evaluado y resultó apto para la tarea;
2º.) que la Unidad Selección y Carrera Funcional propicia el dictado de resolución de contratación del referido aspirante;
3º.) que la División Administración de Personal se manifiesta de conformidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima pertinente el dictado de resolución correspondiente;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Contratar, a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución y hasta el 28 de febrero de 2022, al ciudadano Sr. Luis Melo, CI Nº 5.463.487, como resultado del concurso abierto de evaluación de méritos Nº 1342-C1/21, autorizado por Resolución Nº 3922/21 de fecha 18 de octubre de 2021, para cubrir 1 (una) función de contrato zafral de INSTRUCTOR/A O ENTRENADOR/A PARA TAREAS ESPECÍFICAS EN ESCUELAS DE INICIACIÓN DEPORTIVAS, área canotaje, para desempeñar tareas en el marco del “Programa Verano 2021-2022” desarrollado por la Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación, División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, con una dedicación horaria de 24 (veinticuatro) horas semanales (horas de 60 minutos), en régimen de 6 (seis) días a la semana incluyendo feriados (laborables y no laborables), con una remuneración equivalente al Grado SIR 6 para 24 (veinticuatro) horas semanales, más los beneficios sociales e incrementos salariales que se otorguen al personal.-
2º.- Establecer que el ciudadano deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. D.33 del Vol. III del Digesto.-
3º.- Disponer que la erogación resultante se atenderá con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-
4º.- Establecer que la contratación quedará supeditada a la recepción del Certificado de Antecedentes Judiciales y de Delitos Sexuales.-
5º.- Disponer que el ciudadano tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución para presentarse ante el Servicio de Administración de Gestión Humana a manifestar su voluntad de aceptar la designación (Art. R.160.1.3 Vol. III del Digesto).-
6º.- Establecer que la renuncia al cargo una vez designado imposibilitará al ciudadano a presentarse en las 3 (tres) temporadas siguientes.-
7º.- Disponer que la distribución de las personas contratadas será realizada por la Secretaría de Educación Física, Deportes y Recreación teniendo en cuenta los destinos de trabajo establecidos según las funciones concursadas, pudiendo ser trasladadas según las necesidades de la Secretaría.-
8º.- Disponer que la aceptación conlleva el deber de desempeñar el cargo al cual accede en el destino que le asigne la Administración.-
9º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Administración de Personal y Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a la Secretaría de Educación Física, Deportes y Recreación, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes, a las Unidades Información de Personal y Comunicaciones a Sistemas Informáticos, y previa intervención de Contaduría General, pase por su orden a la Unidad Selección y Carrera Funcional, para la notificación correspondiente, y al Servicio de Administración de Gestión Humana, debiendo volver las presentes actuaciones a la Unidad Selección y Carrera Funcional para el archivo en la carpeta del concurso.- |