Resolución N° 0322/25
Nro de Expediente:
2024-5360-98-000004
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
27/01/2025


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
COMPENSACIÓN ADICIONAL - SE PRORROGA EL PAGO DE UNA COMPENSACIÓN ESPECIAL MENSUAL, A LA FUNCIONARIA SRA. TATIANA COUTO, EQUIVALENTE A LA DIFERENCIA SALARIAL ENTRE EL GRADO SIR EN QUE REVISTE, EN RÉGIMEN DE 8 HORAS DIARIAS DE LABOR Y UN GRADO SIR 8, CON IGUAL CARGA HORARIA, A PARTIR DEL 1º DE ENERO Y HASTA EL 10 DE JULIO DE 2025.-

Montevideo, 27 de Enero de 2025.-
 

                            VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad de Gestión Espacio Modelo;

                         RESULTANDO: 1º.) que solicita prorrogar el pago de una compensación especial mensual a la funcionaria Sra. Tatiana Couto, equivalente a la diferencia salarial entre el Grado SIR en que reviste, en régimen de 8 (ocho) horas diarias de labor y un Grado SIR 8, con igual carga horaria, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 5991/23 de fecha 19 de diciembre de 2023, con los cambios introducidos por la Resolución Nº 4526/24 de fecha 25 de octubre de 2024, que trasladó a la citada funcionaria, manteniendo la compensación de que se trata, ya que demás de las tareas administrativas, participará en la coordinación general y de eventos a realizarse en el Espacio Modelo;

2º.) que la División Espacios Públicos y el Departamento de Desarrollo Urbano se manifiestan de conformidad;

3º.) que el Servicio Gestión de Retribuciones informa en la actuación Nº 39 el monto de la compensación de que se trata;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución correspondiente, hasta 10 de julio de 2025;


EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Prorrogar el pago de una compensación especial mensual, según lo indicado en actuación Nº 39, a la funcionaria Sra. Tatiana Couto, CI Nº 4.677.617, equivalente a la diferencia salarial entre el Grado SIR en que reviste, en régimen de 8 (ocho) horas diarias de labor y un Grado SIR 8, con igual carga horaria, a partir del 1º de enero y hasta el 10 de julio de 2025.-

2º.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a los códigos de liquidación de haberes correspondientes.-

3º.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Desarrollo Urbano, a la División Espacios Públicos, a los Servicios de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana y de Administración de Gestión Humana, a las Unidades Información de Personal y de Gestión Espacio Modelo, para la notificación correspondiente, y previa intervención de Contaduría General, pase al Servicio Gestión de Retribuciones, a sus efectos.-

 

 

 

 

 

 

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-