VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Congreso de Intendentes;
RESULTANDO: 1°.) que solicita prorrogar el pase en comisión del funcionario Dr. José Maldonado, quien revista en el Servicio de Actividades Contenciosas, cuya última prorroga fue dispuesta por Resolución N° 1725/21 de fecha 10 de mayo de 2021, a partir su vencimiento y hasta la finalización del presente período de gobierno departamental;
2°.) que asimismo solicita prorrogar, a partir su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2022, la asignación de tareas y responsabilidades equivalentes a un Grado SIR 18 y la extensión horaria a 6 (seis) horas diarias de labor autorizadas al referido funcionario, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución N° 1725/21 de fecha 10 de mayo de 2021;
3°.) que el Departamento de Secretaría General se manifiesta de conformidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución correspondiente;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Prorrogar el pase en comisión del funcionario Dr. José Maldonado, CI N° 3.555.871, al Congreso de Intendentes, a partir su vencimiento y hasta la finalización del presente período de gobierno departamental.-
2º.- Establecer que finalizada la comisión el funcionario deberá reintegrarse de inmediato al cumplimiento de sus tareas en la Intendencia de Montevideo presentándose ante el Servicio de Actividades Contenciosas, cuyo Director/a, sin más trámite, hará las comunicaciones del caso a los Servicios de Administración de Gestión Humana (Unidad Información de Personal) y de Liquidación de Haberes.-
3º.- Prorrogar la asignación de tareas y responsabilidades equivalentes a un Grado SIR 18 y la extensión horaria a 6 (seis) horas diarias de labor, al referido funcionario, a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2022.-
4º.- Establecer que el funcionario percibirá la diferencia de sueldo existente entre su nivel de retribución y el correspondiente al del puesto cuyas tareas y responsabilidades se le asignan, de conformidad con lo establecido en los Arts. D.131.1 y R.351.1 del Vol III del Digesto.-
5º.- Disponer que la erogación resultante será atendida con cargo a los Rubros, Subrubros y Renglones que corresponda según tabla de equivalencia con los Códigos de Liquidación de Haberes.-
6º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, al Congreso de Intendentes, para la notificación correspondiente, a la División Asesoría Jurídica, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, de Liquidación de Haberes y de Actividades Contenciosas, a las Unidades Información de Personal y Comunicaciones a Sistemas Informáticos y previa intervención de la Contaduría General, pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.- |