VISTO: el Decreto No. 37.353 sancionado por la Junta Departamental el 12 de diciembre de 2019, por el cual de conformidad con la Resolución No. 5376/19 de 11/11/19 se faculta a este Ejecutivo para aplicar una multa de UR 108 a los señores Roselo Rodríguez y Mercedes Reyes, responsables del local denominado Sofoque ubicado en Ejido 1560 y 1568, por violación de clausura (segunda reincidencia) de acuerdo con lo establecido en el Art. 22 del Decreto No. 21.626, promulgado el 23 de abril de 1984;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1. Promúlgase el Decreto No. 37.353 sancionado el 12 de diciembre de 2019.- 2. Aplicar una multa de UR 108 (unidades reajustables ciento ocho) a los señores Roselo Rodríguez, CI 6.098.069-6 y Mercedes Reyes, CI 6.096.565-6, RUT 21 7965360013, responsables del local denominado Sofoque ubicado en Ejido 1560 y 1568, por violación de clausura (segunda reincidencia) de acuerdo con lo establecido en el Art. 22 del Decreto No. 21.626 de 23 de abril de 1984.-
3. Comuníquese a la Junta Departamental, al Departamento de Recursos Financieros, al Municipio B, a la División Asesoría Jurídica, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 1, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al registro y al Servicio de Convivencia Departamental para proseguir con los trámites pertinentes.-
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