Resolución N° 0041/24
Nro de Expediente:
2023-3450-98-000020
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
02/01/2024


Tema:
REITERACIONES PAGO/GASTOS

Resumen:
REITERACIÓN DE GASTO - SE REITERA EL GASTO DISPUESTO POR RESOLUCIÓN Nº 5868/23 DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2023 RELATIVO A LA PRÓRROGA DEL PAGO DE LA COMPENSACIÓN ADICIONAL MENSUAL, AL FUNCIONARIO SR. HUGO MOLINA.-

Montevideo, 02 de Enero de 2024.-
 

                              VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Resolución Nº 5868/23 de fecha 12 de diciembre de 2023 que prorrogó el pago de la compensación adicional mensual, al funcionario Sr. Hugo Molina, equivalente a la diferencia entre  la remuneración que percibe y la correspondiente a un Grado SIR 11, en tanto se mantienen los motivos que dieron lugar a su otorgamiento;

                              RESULTANDO: 1º.) que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República observó el gasto por contravenir lo dispuesto en el artículo No. 86 de la Constitución de la República;

2º.) que la Asesora Letrada del Departamento de Desarrollo Urbano informa que corresponde reiterar el gasto observado de acuerdo a lo previsto en el artículo No. 211 literal B) de la Constitución de la República y en el artículo No. 114 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF);

                              CONSIDERANDO: lo previsto en la mencionada normativa;


EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Reiterar el gasto dispuesto por Resolución Nº 5868/23 de fecha 12 de diciembre de 2023 relativo a la prórroga del pago de la compensación adicional mensual, al funcionario Sr. Hugo Molina, CI Nº 3.603.619, equivalente a la diferencia entre  la remuneración que percibe y la correspondiente a un Grado SIR 11.-

2º.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Recursos Financieros y pase a la Contaduría General.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-