Resolución N° 0312/24
Nro de Expediente:
2023-6446-98-000198
 
PLANIFICACIÓN
Fecha de Aprobación:
15/01/2024


Tema:
PROYECTOS DE DECRETO

Resumen:
REMITIR A CONSIDERACIÓN DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL UN PROYECTO DE DECRETO SOLICITANDO ANUENCIA PARA APLICAR UNA MULTA DE UR 221 A LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO, (A.S.S.E.), PROPIETARIA DEL PADRÓN Nº 45978, SITO EN LA CALLE PORORÓ, ENTRE LA CALLE FERNANDO MENCK Y CNO. CARLOS A. LÓPEZ, DENTRO DE LOS LÍMITES DEL SERVICIO CENTRO COMUNAL ZONAL Nº 12, MUNICIPIO G, POR FRACCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN IRREGULAR.

Montevideo, 15 de Enero de 2024.-
 

VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el fraccionamiento y la ocupación irregular en el padrón Nº 45978, ubicado con frente a la calle Pororó, entre la calle Fernando Menck y Cno. Carlos A. López, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12, Municipio G, propiedad de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, (A.S.S.E.);

RESULTANDO: 1º) que la Unidad Control y Monitoreo Territorial realiza inspección técnica e informa lo siguiente:

a) por expediente N° 2018-3340-98-000140, se cumplen actuaciones relativas a fraccionamiento y ocupación irregular, en calle Pororó entre la calle Fernando Menck y Cno. Carlos A. Lópéz, padrón N° 45978, propiedad de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE).;

b) el propietario fue notificado a fin que regularice la situación en fechas 21 de octubre de 2020, 31 de mayo de 2021 y 14 de junio de 2022 (actuaciones N° 65, 75 y 119), sin que diere cumplimiento a lo intimado y habiéndose conferido vista (de acuerdo a lo establecido en el art. R. 69 del Volumen II del Digesto) en fecha 23 de noviembre de 2022 (actuación Nº 133);

c) por actuación 133 del expediente mencionado, se confirió vista en forma previa al dictado de la resolución final, en fecha 23 de noviembre de 2022, de acuerdo a lo establecido en el artículo R.69 del Volumen II del Digesto, por un plazo de 10 (diez) días hábiles a efectos de realizar los descargos que correspondieren;

d) sería de aplicación una sanción de U.R. 221 (unidades reajustables doscientas veintiuna), U.R. 13 (unidades reajustables trece) por cada lote, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Nº 18.308 y en el artículo D.223.306, numeral 1) del Volumen IV del Digesto;

2º) que la Gerencia Planificación Territorial comparte lo informado precedentemente y promueve el dictado de resolución con proyecto de decreto a ser considerado por la Junta Departamental a los efectos de aplicar una sanción de U.R. 221 (unidades reajustables doscientas veintiuna), a razón de U.R. 13 (unidades reajustables trece) por cada lote, relativas a fraccionamiento y ocupación irregular, al propietario del padrón N° 45978, ubicado en la calle Pororó, entre Fernando Menck y Cno. Carlos A. López, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley N° 18.308 y en el artículo D.223.306, numeral 1) del Volumen IV del Digesto;

CONSIDERANDO: 1º) lo establecido en el artículo 71 de la Ley N° 18.308 y en el artículo D.223.306, numeral 1) del Volumen IV del Digesto;

2º) que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 30 del artículo 19 de la Ley Nº 9.515, por las multas comprendidas entre más de U.R. 70 y hasta U.R. 350 corresponde, previo a su aplicación, solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;

3º) que el Departamento de Planificación estima procedente el dictado de resolución en el sentido indicado;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO 1º.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo a aplicar una multa de U.R. 221 (unidades reajustables doscientas veintiuna) a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, (A.S.S.E.), propietaria del padrón Nº 45978, sito en la calle Pororó, entre la calle Fernando Menck y Cno. Carlos A. López, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12, Municipio G, por fraccionamiento y ocupación irregular.-

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese.-

2º. Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-