VISTO: que ANDERSTE S.A. solicita el inicio anticipado de las obras de demolición de las construcciones existentes y movimiento de suelos en el Padrón Nº 430.864, sito con frente a la calle Juan Benito Blanco Nos. 604/06/10;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) se cuenta con el aval para la presentación de la gestión según lo dispuesto en el Expediente Nº 2019-6410-98-006624; b) si bien no se cuenta en los recaudos presentados con el certificado de protección patrimonial por las construcciones existentes a demoler, cuenta con el aval de la División Planificación Territorial para promover el inicio anticipado de obras; c) tomando en cuenta que en la instancia se solicita autorización únicamente para tareas de demolición y movimiento de tierra sin la ejecución de instalaciones sanitarias, se entiende que correspondería acceder a lo solicitado destacando que no se analizan ni validan aspectos de seguridad, higiene, accesibilidad ni sanitaria;
2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia su autorización y entiende que: a) se deberá pagar previamente la tasa correspondiente al Permiso de Construcción y reposiciones de la gestión; b) será responsabilidad del/de la propietario/a y del/de la técnico/a efectuar el ajuste en caso de corresponder, en la instancia de la presentación del Permiso de Construcción; c) se deberá dar estricto cumplimiento a todas las normas aplicables y vigentes, incluyendo lo dispuesto por Resolución Nº 898/14; d) el trámite involucra solamente aspectos referentes a demolición y movimientos de suelo, quedando impedida la ejecución de obras de albañilería y la realización de instalaciones sanitarias y e) se otorga un plazo de 120 días calendario para la presentación del citado permiso;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano comparte lo aconsejado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Autorizar, previo pago de la tasa del Permiso de Construcción y reposiciones correspondientes a la gestión de obrados, el inicio anticipado de las obras de demolición de las construcciones existentes y movimiento de suelos en el Padrón Nº 430.864, sito con frente a la calle Juan Benito Blanco Nos. 604/06/10, de acuerdo a gráficos que lucen en obrados.-
2º. Establecer que será responsabilidad del/de la propietario/a y del/de la técnico/a actuante efectuar el ajuste a las condiciones que eventualmente se puedan disponer, en caso de corresponder, en la instancia del Permiso de Construcción; se deberá dar esctricto cumplimiento a todas las normas aplicables y vigentes, incluyendo lo dispuesto por Resolución Nº 898/14; este trámite involucra solamente aspectos referentes a demolición y movimientos de suelo, quedando impedida la ejecución de obras de albañilería y la realización de instalaciones sanitarias y se otorga un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario para la presentación del citado permiso.-
3º. Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano la facultad de conceder nuevos plazos para la presentación del Permiso de Construcción.-
4º. Comuníquese al Municipio CH, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.- |