VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la incorporación a suelo urbano del padrón Nº 416205, ubicado dentro de los límites del Sector 10 Norte de Camino Carrasco, con Programa de Actuación Urbanística (PAU) aprobado;
RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Gestión Territorial informa que:
a) el padrón mencionado se ubica en Suelo Categoría Rural con atributo de transformable a suelo urbano denominado Sector 10 “Norte de Camino Carrasco”, con PAU aprobado por Decreto Nº 29.471 y Proyecto Urbano aprobado según Decreto Nº 35.866;
b) el Decreto Nº 35.866 faculta a la Intendencia de Montevideo a calificar como suelo urbano en la zona referida en el artículo 1º del citado Decreto, una vez que los propietarios de los inmuebles comprendidos en este ámbito hayan cumplido los deberes de cesión de suelo para espacios públicos, urbanización, equidistribución de cargas y beneficios y todas las obligaciones establecidas en la legislación departamental;
c) no existiendo más cargas generales a cumplir que el pago del precio compensatorio por retorno de valorizaciones ya que respecto del padrón Nº 416207 no corresponde ni cesión de suelo para calles y espacio público, ni construcción de las calles proyectadas, ni instalación del alumbrado público ni construcción de las obras generales de saneamiento;
d) se ha abonado la totalidad del precio compensatorio por retorno de valorizaciones generado por el cambio de categoría a suelo urbano;
e) a partir de lo expuesto se podría incorporar al Suelo Urbano, bajo el Régimen General de Suelo Urbano, al predio antes mencionado, de acuerdo a la facultad otorgada a esta Intendencia por la Junta Departamental según Decreto Nº 35.866;
2º) que la Gerencia de Planificación Territorial comparte lo informado y promueve el dictado de resolución correspondiente;
CONSIDERANDO: 1º) lo establecido en los Decretos Nº 29.471 de fecha 17 de mayo de 2001 y Nº 35.866 de fecha 15 de abril de 2016;
2º) que el Departamento de Planificación estima procedente el dictado de resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO RESUELVE:
1º. Incorporar al Suelo Urbano bajo Régimen General de Suelo Urbano, Subcategoría Urbano Consolidado Costero, área diferenciada Carrasco, al predio empadronado con el número Nº 416205, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 35.866 de fecha 15 de abril de 2016.-
2°. Establecer que la normativa a regir en el padrón mencionado en el numeral 1º es la aprobada en los Decretos Nos. 29.471 y 35.866.-
3º. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano; al Municipio E; a la Gerencia de Planificación Territorial; a los Servicios Catastro y Avalúo y Centro Comunal Zonal Nº 8; a las Unidades Plan de Ordenamiento Territorial y de Información Territorial y pase a la Unidad Gestión Territorial a sus efectos.- |