VISTO: las presentes actuaciones iniciadas por la Unidad Títulos del Servicio Fúnebre y Necrópolis, relacionadas con la cesión del Nicho de Urnas (Cap.6) Nº 625 del Cementerio del Buceo;
RESULTANDO: 1o.) que los Sres/as. Luis Rodolfo Zabaleta Rodríguez, Myriam Cristina Acuña Perandonez y Verónica Ferraro Cammarote, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.224.178-7, 1.030.008-2 y 4.179.905-0, respectivamente, presentaron nota en el referido Servicio manifestando su voluntad de ceder a esta Intendencia el bien funerario de su propiedad;
2o.) que la Unidad Notarial del citado Servicio informa que:
a) según surge del libro de la propiedad funeraria el Nicho de Urnas (Cap.6) Nº 625 del Cementerio del Buceo, salió del dominio departamental el 6 de agosto del 2001, bajo el expediente Nro. 4330-002527-01 a nombre de los citados titulares del bien;
b) que se han cumplido los requisitos exigidos para aceptar la cesión ofrecida;
3o.) que la Dirección del Servicio Fúnebre y Necrópolis solicita se acepte la cesión ofrecida por los/as titulares del referido bien funerario, conforme a lo dispuesto por el artículo D.2524 del Volumen XI del Digesto Departamental y que la deuda de tasa de mantenimiento que soporta el bien, se condonará, según lo dispuesto en el artículo D.2525 del referido Volumen;
4o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social y la División Salud se manifiestan de conformidad;
CONSIDERANDO: 1o.) que se estima pertinente el dictado de resolución en tal sentido;
2o.) que se han cumplido los requisitos exigidos por el artículo R.1313 del Volumen XI "De Los Cementerios" del Digesto, por lo que corresponde aceptar la propuesta presentada;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Aceptar la cesión de derecho de uso del Nicho de Urnas (Cap.6) Nº 625 del Cementerio del Buceo, ofrecida por los Sres/as. Luis Rodolfo Zabaleta Rodríguez, Myriam Cristina Acuña Perandonez y Verónica Ferraro Cammarote, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.224.178-7, 1.030.008-2 y 4.179.905-0, respectivamente, a favor de esta Intendencia.-
2.- Establecer que la deuda existente se condonará conforme a lo dispuesto por el artículo D.2525 del Volumen XI "De Los Cementerios" del Digesto.-
3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Desarrollo Social, a las Divisiones de Salud y de Asesoría Jurídica, al Servicio de Escribanía, a la Unidad Central de Auditoría Interna, a la Unidad de Gestión de Contribuyentes, a la Unidad Cementerio del Buceo, a la Unidad Títulos (SFyN), a la Unidad Notarial (SFyN) y pase al Servicio Fúnebre y Necrópolis para su respectiva notificación.-
2.15.0.0