VISTO: la gestión de la Asociación Civil "Misión Bíblica Bautista El Redentor" por la que solicita exoneración de pago del tributo de Patente de Rodados que grava al vehículo de su propiedad padrón No. 959583, matrícula SAR 9546;
RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por el ejercicio 2020 según Resolución No. 3428/20 de 21/09/2020;
2o.) que por Decreto No. 34.336 de 13 de setiembre de 2012 se facultó a la Intendencia a otorgar la exoneración mientras la gestionante mantenga la titularidad del vehículo;
3o.) que el Servicio de Ingresos Comerciales y Vehiculares informa que no han surgido normas que modifiquen la situación de la entidad peticionante por lo que correspondería otorgar la exención por los ejercicios 2021-2022 e indica que la Intendencia dejaría de percibir la suma aproximada de $ 31.464,00;
4o.) que la División Administración de Ingresos sugiere promover el dictado de la resolución que exonere del tributo de Patente de Rodados respecto del vehículo padrón No. 959583, por los ejercicios 2021-2022, al amparo del Decreto No. 34.336;
CONSIDERANDO: lo establecido en el Decreto No. 34.336 de 13 de setiembre de 2012;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.- Exonerar a la Asociación Civil "Misión Bíblica Bautista El Redentor" del pago del tributo de Patente de Rodados respecto del vehículo de su propiedad padrón No. 959.583, matrícula SAR 9546, por los ejercicios 2021-2022, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma aproximada de $ 31.464,00 (pesos uruguayos treinta y un mil cuatrocientos sesenta y cuatro).-
2o.- La exoneración que se otorga se mantendrá mientras la gestionante mantenga la titularidad del vehículo, según lo establecido en el Decreto No. 34.336 de 13/09/2012.-
3o.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales y Vehiculares para su notificación y demás efectos.-
2.11.0.0 |