VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el convenio suscripto entre el Instituto Nacional de Cooperativismo (INACOOP) y esta Intendencia, aprobado por la Resolución No. 1512/19 de fecha 25 de marzo de 2019;
RESULTANDO: 1o.) que el mencionado Instituto informa que, en virtud de los ajustes operativos realizados en el mes de setiembre, el presupuesto propuesto originalmente en el convenio fue distribuido teniendo en cuenta los requerimientos de la nueva operativa acordada, lo que ha generado un desfasaje de $ 674.155,oo de los fondos originalmente previstos en el convenio para le ejecución del primer semestre del proyecto basurales;
2o.) que, por lo antedicho, solicita habilitar una transferencia del mencionado monto, restándolo de los previstos para el noveno mes de ejecución del proyecto;
CONSIDERANDO: 1o.) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental solicita promover resolución modificando el importe de la segunda y tercer transferencia, por los montos de $ 5:330.286,oo y $ 3:981.976,oo respectivamente;
2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental solicita se proceda en consecuencia;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.-Modificar la Resolución No. 1512/19 de fecha 25 de marzo de 2019, sustituyendo los numerales b) y c) de la cláusula quinta "FORMA DE PAGO" por lo siguiente: "...b) al sexto mes de convenio se abonará la suma de $ 5:330.286,oo c) al noveno mes de convenio se abonará la suma de $ 3:981.976,oo...", manteniendo incambiados los restantes términos, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente resolución.
2o.-Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Recursos Financieros, a la Gerencia de Gestión Ambiental, al Servicio de Sustentabilidad Ambiental y a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental; cumplido, pase a Contaduría General.
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