VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Resolución No. 4077/22, de fecha 6 de octubre de 2022, que reglamenta el Decreto No. 37.231, de fecha 26 de setiembre de 2019, promulgado por Resolución No. 4916/19, de fecha 9 de octubre de 2019, referida al Programa Fondo Rotatorio de Barométricas;
RESULTANDO: 1o.) que la referida reglamentación establece en su Artículo 1o. que “El Fondo Rotatorio de Barométricas tendrá por objeto garantizar el acceso al Servicio de Barométrica de la población que habite en zonas de Montevideo sin red de saneamiento liberada al uso público. Para la determinación del Fondo Rotatorio de Barométricas con el que contará cada Municipio, se tomará en cuenta el total del saldo disponible al 30 de noviembre de cada año de la cuenta extrapresupuestal creada para tal fin, y la cantidad de situaciones sin conexión a redes formales de saneamiento existentes en cada Municipio a las que haya que dar cobertura, información elaborada por la División de Saneamiento, y que debe ser actualizada cada ejercicio, en la misma oportunidad (30 de noviembre de cada año)...”;
2o.) que el Servicio Administración de Saneamiento dependiente de la División Saneamiento solicita se autoricen las referidas transferencias, de acuerdo al detalle que prosigue, e indica que al día 30 de noviembre de 2024 el saldo total a transferir asciende a la suma de $ 21:903.027,41 (pesos uruguayos veintiún millones novecientos tres mil veintisiete con 41/100):
Municipio
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Distribución
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A
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8:769.943,50
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C
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34.274,47
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D
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3:933.517,34
|
E
|
173.905,70
|
F
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6:053.020,94
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G
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2:938.365,47
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3o.) que la Unidad de Apoyo y Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental informa que, las transferencias se realizarán con cargo al área funcional extrapresupuestal No. 308000291 (Fondo Rotatorio de Barométricas);
CONSIDERANDO: 1o.) que la División Saneamiento entiende pertinente que se proceda con lo solicitado y eleva las presentes actuaciones;
2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental se manifiesta de conformidad;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.-Autorizar las transferencias a los Municipios por los montos que se detallan en el siguiente cuadro, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución:
Municipio
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Distribución
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A
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8:769.943,50
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C
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34.274,47
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D
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3:933.517,34
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E
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173.905,70
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F
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6:053.020,94
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G
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2:938.365,47
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2o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Saneamiento, al Servicio Administración de Saneamiento y a la Unidad de Apoyo y Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental; cumplido, pase a Contaduría General para el libramiento del pago.
2.15.0.0
2.15.0.0
2.15.0.0
2.15.0.0
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