Resolución N° 0310/25 | Nro de Expediente:
2021-3007-98-000017 |
DESARROLLO SOCIAL | Fecha de Aprobación:
27/01/2025 |
Tema:
MULTAS
Resumen:
APLICAR UNA MULTA DE U.R. 280 A LA EMPRESA RITESOLE S.A. EN VIRTUD DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE OBRA ESTABLECIDOS, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 28 DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE LA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 394296/1
Montevideo, 27 de Enero de 2025.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a Licitación Abreviada Nº 394296/1 para la "Ejecución de la construcción del Local – Centro Diurno en el Municipio B Montevideo”, sito en la calle La Paz Nº 1143;
RESULTANDO: 1o.) que con fecha 9 de noviembre de 2021 se notificó a RITESOLE S.A con nombre comercial "Grupo Reconer Ingeniería & Construcción", inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 214372720016, la adjudicación de la citada licitación por un plazo de obra estipulado en la oferta de 55 (cincuenta y cinco) días hábiles, todo conforme con lo previsto en el Pliego Condiciones Particulares (PCP);
2o.) que el arquitecto designado por esta Administración para el control de la obra realizó un informe en el mes de noviembre de 2022 -del que se le diera vista a la adjudicataria y está elevó una nota de descargos que no son de recibo- indicando que: a) el comienzo de la obra se realizó con fecha 15 de febrero de 2022 por demoras en obtener la documentación para la inscripción de obra y falta de stock de contenedores usados; b) a la fecha de la finalización del plazo de obra estipulado en la oferta, quedaban pendientes varias tareas como ser la conexión eléctrica, la conexión a colector, la instalación de los aires acondicionados, la instalación de calderetas para agua caliente, así como otros detalles que se deberían solucionar, además de trabajos realizados con observaciones como ser el pavimento interior de los contenedores con baldosas colocadas partidas y flojas; c) en el mes de mayo de 2022 se dispuso una ampliación del contrato, y el plazo de obra se extendió en 30 (treinta) días laborales;
3o.) que los trabajos finalizaron el 30 de setiembre de 2022, con las demoras constatadas suscribiéndose el Acta de Recepción Provisoria de Obra el 14 de octubre de 2022 y en dicha acta fueron indicadas las observaciones que deberían ser levantadas en un plazo de 5 (cinco) días;
4o.) que con fecha 1º de noviembre de 2022 la adjudicataria comunicó que había levantado las observaciones y el 8 de noviembre de 2022 se recibe la obra, con detalles no subsanados o terminados por la empresa adjudicada, los que se encuentran debidamente informados en obrados y comunicados a la firma;
5o.) que considerando la fecha de entrega de obra el día 30 de setiembre de 2022 y no contabilizándose el período de levantamiento de las observaciones del Acta de Recepción Provisoria fuera de plazo, correspondería aplicar una multa de U.R. 280 (unidades reajustables doscientos ochenta), considerando 28 (veintiocho) días hábiles de atraso en el cumplimiento del plazo de obras y de acuerdo a lo previsto en el artículo 28 del Pliego de Condiciones Particulares;
6o.) que se trata de una multa de naturaleza contractual y por lo tanto no integra el elenco de sanciones por transgresiones a los decretos departamentales, siendo de aplicación las condiciones establecidas en la licitación abreviada que tratan estas actuaciones;
7o.) que se ha realizado la notificación correspondiente que luce en obrados del expediente, a lo que la interesada presentó descargos que no fueron considerados de recibo;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Desarrollo Social entiende de derecho la aplicación de la multa indicada;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 280 (unidades reajustables doscientas ochenta) a la empresa RITESOLE S.A., inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 214372720016, por el atraso desde el día 17 de agosto del 2022 hasta el día 30 de setiembre del 2022, en virtud del incumplimiento de los plazos de obra establecidos, de acuerdo con el artículo 28 del Pliego de Condiciones Particulares que rigió la mencionada licitación para la ejecución de la construcción del Local – Centro Diurno en el Municipio B Montevideo, sito en la calle La Paz Nº 1143.-
2.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros, de Desarrollo Económico y de Desarrollo Social, a las Divisiones de Políticas Sociales y de Asesoría Jurídica, a la Secretaría de las Personas Mayores, a la Gerencia de Compras, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal, a las Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal y pase a la Unidad Gestión de Licitaciones a los efectos de notificar a la firma.-
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OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.- |
MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.- |
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