VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad Selección y Carrera Funcional;
RESULTANDO: 1º.) que solicita convocar a varias ciudadanas de la lista de prelación dispuesta por Resolución Nº 750/13 de fecha 18 de febrero de 2013, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 3098/19 de fecha 24 de junio de 2019, como resultado del llamado a Concurso Abierto Nº 679-O1/11 dispuesto por Resolución Nº 2708/11 de fecha 16 de junio de 2011 y su modificativa Nº 1048/18/5000 de fecha 22 de octubre de 2018, para cubrir necesidades de personal perteneciente al Escalafón Obrero, Subescalafón Auxiliar O1, Nivel de Carrera V;
2º.) que asimismo informa que la referida lista de prelación venció el 31 de diciembre de 2019 y solicita su prórroga hasta el 30 de junio de 2020;
3º.) que el Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas informa en obrados el destino de las funcionarias a quienes corresponde convocar;
4º.) que la División Administración de Personal se manifiesta de conformidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Prorrogar desde su vencimiento y hasta el 30 de junio de 2020 la lista de prelación dispuesta por Resolución Nº 750/13 de fecha 18 de febrero de 2013, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 3098/19 de fecha 24 de junio de 2019, como resultado del llamado a Concurso Abierto Nº 679-O1/11 dispuesto por Resolución Nº 2708/11 de fecha 16 de junio de 2011 y su modificativa Nº 1048/18/5000 de fecha 22 de octubre de 2018.-
2º.- Contratar a las siguientes ciudadanas como resultado del Concurso Abierto Nº 679-O1/11 dispuesto por Resolución Nº 2708/11 de fecha 16 de junio de 2011, para cubrir necesidades de personal perteneciente a la Carrera 1102 - Auxiliar General y de Higiene Ambiental, Escalafón Obrero, Subescalafón Auxiliar O1, Nivel de Carrera V, con destino al Departamento de Desarrollo Ambiental, a partir de la notificación de la presente resolución y por el término de 6 (seis) meses, sujetas a evaluación de desempeño, reservándose la Administración la potestad de rescindir el contrato unilateralmente en caso de evaluación no satisfactoria, con una dedicación horaria de 30 (treinta) horas semanales de labor que puede incluir sábados, domingos y feriados (laborables y no laborables), en horarios que serán determinados por la Administración según los requerimientos de la tarea, con una remuneración mensual correspondiente al Grado SIR 1, más los beneficios sociales e incrementos salariales que se otorguen al personal:
Posición |
CI Nº |
Nombre |
293 |
4904368 |
ANA VALERIA LEGUISAMO HERNÁNDEZ |
295 |
4757011 |
PATRICIA CARINA FERREIRA STEFANO |
297 |
4493987 |
VIVIANA PIZARROZ |
298 |
5110488 |
NOELIA ACOSTA |
70 |
5372805 |
JOSELINE CARZOLIO |
71 |
4456962 |
NADIA FUQUES BLANCO |
69 |
4731696 |
MARÍA EUGENIA CRUCHI |
3º.- Las citadas ciudadanas deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. D.33 del Vol. III del Digesto y tendrán un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles a partir de la fecha de notificación de la presente resolución para presentarse en el Servicio de Administración de Gestión Humana y manifestar su voluntad de aceptar dicho nombramiento (Art. R.160.1.3 Vol. III Digesto).-
4º.- Establecer que la efectividad de la contratación quedará supeditada a la recepción del Certificado de Antecedentes Judiciales.-
5º.- La participación en procesos de formación teórico - prácticos vinculados a oficios de esta Intendencia que brinden posibilidades de desarrollar conocimientos, habilidades y destrezas orientados a cubrir oportunamente las necesidades de personal en otras Carreras de su Escalafón no generará en ningún caso derecho al cambio de carrera y puesto de trabajo por esa sola circunstancia, ni a percibir diferencia salarial alguna durante el período en que participe de estos procesos.-
6º.- Al ingresar a la Intendencia de Montevideo a través de este concurso deberán permanecer cumpliendo funciones dentro del Escalafón Obrero por un período no menor a los 5 (cinco) años.-
7º.- La erogación resultante se atenderá con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-
8º.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Desarrollo Ambiental, a la División Administración de Personal, a los Servicios de Liquidación de Haberes y de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, a las Unidades Información de Personal, Centro de Formación y Estudios y Comunicaciones a Sistemas Informáticos y previa intervención de la Contaduría General, pase al Servicio de Administración de Gestión Humana y a la Unidad Selección y Carrera Funcional, para la notificación correspondiente y posterior archivo en la Carpeta de Concurso.- |