VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Resolución Nº 5380/24 de fecha 23 de diciembre de 2024 que prorrogó el pago de la compensación adicional mensual, a los funcionarios Arqs. Rodolfo Martínez y Bruno Mateo, equivalente a la diferencia entre el Grado SIR 14 que revisten y el Grado SIR 16, a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2025, ya que vienen desempeñado tareas que exceden ampliamente el grado al que pertenecen, tales como integrar el equipo impulsado desde la Unidad de Participación y Planificación para la coordinación técnica de las obras que integran los diferentes pliegos, para ser realizados dentro del marco del Fideicomiso Montevideo se adelanta y a tal fin se coordina con los equipos arquitectónicos de los correspondientes Servicios Centro Comunal Zonal;
RESULTANDO: 1º.) que el Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República observó el gasto por contravenir lo dispuesto en el artículo No. 86 de la Constitución de la República;
2º.) que la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación solicita modificar la citada resolución en relación a que donde dice "hasta el 31 de diciembre de 2025", deberá decir "hasta el 30 de abril de 2025", como fue solicitado oportunamente;
3º.) que asimismo informa que corresponde reiterar el gasto observado en virtud de las tareas antes mencionadas que realizan los referidos funcionarios y cuyo detalle luce en actuación Nº 1;
CONSIDERANDO: lo previsto en el artículo No. 211 literal B) de la Constitución de la República y en el artículo No. 114 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF);
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Modificar la Resolución Nº 5380/24 de fecha 23 de diciembre de 2024, estableciendo que donde dice "hasta el 31 de diciembre de 2025" debe decir "hasta el 30 de abril de 2025", manteniendo incambiados sus restantes términos.-
2º.- Reiterar el gasto dispuesto por Resolución Nº 5380/24 de fecha 23 de diciembre de 2024 con los cambios introducidos por el numeral precedente, relativo a la prórroga del pago de la compensación adicional mensual, a los funcionarios Arqs. Rodolfo Martínez, CI Nº 3.180.124 y Bruno Mateo, CI Nº 2.518.799, equivalente a la diferencia entre el Grado SIR 14 que revisten y el Grado SIR 16.-
3º.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Recursos Financieros, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, para la notificación correspondiente, a los Servicios de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana y de Administración de Gestión Humana, a la Unidad Información de Personal, y pase a la Contaduría General.-
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