VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de designar para expropiar totalmente, con toma urgente de posesión, los padrones Nº 172824, Nº 172825 y Nº 172826, con destino Cartera de Tierras;
RESULTANDO: 1º) que la División Tierras y Hábitat informa que:
a) en el marco del Programa de Mejora Urbana se encuentra en proceso de regularización el asentamiento "Campo Galusso" en coordinación con el Plan Juntos del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
b) que a los efectos de la viabilización de la ejecución de viviendas para realojo de habitantes del Asentamiento Irregular Campo Galusso, sería necesario proceder a la expropiación de los padrones que se detallan:
- padrón Nº 172826;
- padrón Nº 172825;
- padrón Nº 172824, fracciones 6, 4 y 2 , respectivamente, según Plano del Agrimensor Castrillejo Godofredo inscripto con el Nº 2284 el 9 de mayo de 1939;
c) que las expropiaciones serán a cargo de la cuenta extrapresupuestal "Cartera de Tierras";
2º) que la Unidad de Expropiaciones y Topografía brinda los elementos necesarios para la designación de expropiación total, con toma urgente de posesión, de los padrones de referencia con destino a la Cartera de Tierras:
NUMERO DE PADRON |
CARPETA CATASTRAL |
AREA A EXPROPIAR (APROX. EN M2) |
AREA TOTAL (APROX EN M2) |
172824 |
5454 |
59 |
59 |
172825 |
5454 |
41 |
41 |
172826 |
5454 |
47 |
47 |
CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación se manifiesta de acuerdo, promoviendo el dictado de resolución;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
ARTICULO 1º. Facúltase a la Intendencia de Montevideo a designar para expropiar totalmente, con toma urgente de posesión, con destino Cartera de Tierras, los padrones Nºs. 172824, Nº 172825 y Nº 172826 ubicados dentro de los límites del C.C.Z. Nº 6, Municipio E, cuya información se detalla a continuación:
NUMERO DE PADRON |
CARPETA CATASTRAL |
AREA A EXPROPIAR (APROX. EN M2) |
AREA TOTAL (APROX EN M2) |
172824 |
5454 |
59 |
59 |
172825 |
5454 |
41 |
41 |
172826 |
5454 |
47 |
47 |
ARTICULO 2º. Comuníquese .
2º. Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.- |