VISTO: los recursos de reposición y apelación interpuesto en subsidio por RAFELOR SA, RUT 215425430015, contra la Resolución de fecha 09/01/2023, dictada por la Dirección del Área de Seguridad Edilicia (actuación N.º 24) que dispuso afectar con un gravamen del 150 % de incremento de la Contribución Inmobiliaria al Padrón N.º418.353, en aplicación del Art. 18, del Decreto N.º 32.265;
RESULTANDO: 1o.) que la Unidad Asesoría indica que desde el punto de vista adjetivo los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma mientras que la Dirección del Área mencionada no hizo lugar al de reposición mediante Resolución de fecha 09/06/23 (actuación N.º 48) y franqueó el de apelación interpuesto en subsidio;
2o.) que desde el punto de vista sustancial la citada Unidad expresa que si bien el recurrente se reservó el derecho de fundamentar los recursos interpuestos con posterioridad, a pesar de la vista conferida a tales efectos, no lo realizó;
3o.) que efectuado el análisis de las actuaciones emerge que no existirían razones que ameriten revisar el acto administrativo atacado;
4o.) que previo a la adopción de la multa le fue conferida la vista previa al recurrente al amparo del artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental, sin que se presentaran descargos, cumpliéndose de esta forma con las garantías del debido procedimiento administrativo;
5o.) que en mérito a lo expuesto la Unidad Asesoría sugiere se propicie el dictado de resolución por la cual se desestime el recurso de apelación interpuesto en subsidio;
CONSIDERANDO: que la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1. No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto en subsidio por RAFELOR SA, RUT 215425430015,contra la Resolución de fecha 09/01/2023, dictada por la Dirección del Área de Seguridad Edilicia (actuación N.º 24) que dispuso afectar con un gravamen del 150 % de incremento de la Contribución Inmobiliaria al Padrón N.º 418.353, en aplicación del artículo 18, del Decreto No 32.265.-
2. Pase al Área de Seguridad Edilicia para notificar a la interesada y demás efectos.- |