VISTO: estas actuaciones relacionadas con la adjudicación de la vivienda ubicada en Pasaje Domingo Albertos de Cáceres N.º 5738, manzana E, Solar 6, padrón N.º 426.196 del barrio N.º 22, Ganaderos y Yugoeslavia a la señora Patricia Rosa Doldán Borges;
RESULTANDO: 1o.) que la Sra. Doldán ha acreditado su calidad de ocupante, de acuerdo a lo previsto por el Decreto N.º 26.949 de 14 de diciembre de 1995, en la redacción dada por Decreto N.º 37.499 de 23 de julio de 2020;
2o.) que según Decreto N.º 18.032 de 1 de diciembre de 1976, la Junta Departamental de Montevideo facultó a esta Intendencia a vender las viviendas de emergencia de los Barrios de Municipales “Marconi”, Unidad Casavalle”, Ellauri”, “Cadorna”, Ganaderos y Yugoeslavia” y “Placido Ellauri.”;
3o.) que por Decreto N.º 28.223 de 27 de agosto de 1998, promulgado por Resolución N.º 3518/98 de 7/9/98, se fijó el precio de venta de cada terreno en UR 66 (unidades reajustables sesenta y seis), pudiéndose abonar hasta en 66 (sesenta y seis) cuotas mensuales de 1 (unidades reajustables una) cada una;
4o.) que la señora Doldán ha prestado su conformidad con el precio de la vivienda, manifestando que abonará el precio en 66 (sesenta y seis) cuotas, no ser funcionara de esta Intendencia y no poseer otra vivienda;
5o.) que en virtud de encontrarse la vivienda en situación de ser escriturada, el Servicio de Escribanía informa que correspondería dictar una resolución de venta a favor de la Sra. Patricia Rosa Doldán Borges;
6o.) que la División Asesoría Jurídica expresa su conformidad;
CONSIDERANDO: que procede dictar resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Enajenar por titulo compraventa y modo tradición la vivienda ubicada en Pasaje Domingo Albertos de Cáceres N.º 5738, manzana E, Solar 6, padrón N.º 426.196 del barrio N,º 22, Ganaderos y Yugoeslavia, a la Sra. Patricia Rosa Doldán Borges, CI 1.966.468-3, soltera.-
2.- Establecer que el precio de venta del inmueble se fija en UR 66 (unidades reajustables sesenta y seis), pagadero en 66 (sesenta y seis) cuotas mensuales, iguales siguientes y consecutivas, venciendo la primera el último día hábil del mes siguiente de notificada la presente.-
3.- Consignar que el saldo de precio de la Compraventa se garantizará mediante hipoteca.-
4.- Pase al Servicio de Escribanía a sus efectos.-
2.11.0.0
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2.15.0.0
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