VISTO: la infracción cometida por la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE), RUT 210778720012, mientras efectuaba trabajos en la vía pública en la Av. Gral. Flores entre la calle Yatay y Av. Agraciada (Plaza 1º de Mayo);
RESULTANDO: que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) con fecha 30/V/19 se constató que dicha empresa infrigió lo dispuesto en el Art. D. 2236.6 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por falta de pavimento provisorio reglamentario en acera, en una superficie de 4 m2; b) el Art. D. 2241.7 del citado cuerpo normativo prevé una multa de 5 U.R. por m2 cada 24 horas; c) el período de infracción comprende del 16/I/19 al 30/V/19 por lo que correspondería aplicar una sanción por el máximo legal vigente, siendo este de 350 U.R. y d) se ha procedido a la notificación pertinente no presentándose descargos;
CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por el Art. 19º, numeral 30 de la Ley 9515 de 28/X/35 por multas comprendidas entre más de 70 U.R. y 350 U.R. corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia de Montevideo para imponer una multa de 350 U.R. (trescientas cincuenta unidades reajustables) a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE), RUT 210778720012, con domicilio en la calle Paraguay Nº 2431, por infracción a lo dispuesto en el Art. D. 2236.6 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por falta de pavimento provisorio reglamentario en acera, en una superficie de 4 m2, en una intervención en la Av. Gral. Flores entre la calle Yatay y Av. Agraciada (Plaza 1º de Mayo) por el período comprendido entre el 16/I/19 hasta el 30/V/19.-
Artículo 2º.- Comuníquese.-
2º.- Comuníquese a la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana y pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.- |