Resolución N° 0139/22
Nro de Expediente:
2021-0017-98-000041
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
04/01/2022


Tema:
REITERACIONES PAGO/GASTOS

Resumen:
SE REITERA EL GASTO EMERGENTE DE LA RESOLUCIÓN N.º 4897/21, DE 4897/21 DE 13/12/21, RELACIONADA CON LA CONTRATACIÓN DEL DR. CAMILO SILVERA MENDEZ EN CALIDAD DE ABOGADO ASESOR MUNICIPIO F;

Montevideo, 04 de Enero de 2022.-
 

                         VISTO: la Resolución Nº 4897/21, de 13/12/21, por la cual se autoriza al amparo del inciso 4º del artículo 38 del TOCAF la contratación del Dr. Camilo Silvera en calidad de abogado asesor del Municipio F y se aprueba el texto de contrato de arrendamiento de obra con tal sentido;

                         RESULTANDO: 1o.) que el 21 de diciembre de 2021 el Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República observó el referido gasto por contravenir lo establecido en el art. 211 de la Constitución de la República (Principio de Ejecución) y porque el contrato no figura arrendamiento de obra según art. 38 del TOCAF, sino como arrendamiento de servicios;

2o.) que la asesora del Departamento de Secretaría General expresa que los fundamentos para ello, de acuerdo a lo preceptuado en el tercer inciso del artículo 114 del TOCAF, son las necesidades de servicio invocadas por el referido Gobierno Municipal y de acuerdo por la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación;

3o.) que además indica que las obligaciones del profesional co contratante incluyen productos estregables como: seguimiento a indicadores de gestión del Municipio, preparación, diseño y evaluación de proyectos, implementeración, planificación, coordinación y difusión de actividades, elaboración de informes para acciones de monitoreo, elaboración de informes para entrega al Sr. Alcalde y/o Municipio sobre el cumplimiento de todas las obligaciones consumidas y la elaboración y entrega al Sr. Alcalde de informes adicionales, a su pedido;

4o.) que por último expresa que en actuaciones de obrados, la abogada asesora del citado Municipio, realiza una serie de observaciones de fondo, en cumplimiento del artículo 38 del TOCAF y el abogado asesor del Departamento de Secretaría General produce también informe indicando "... que en un principio no existen obstáculos para proceder a la contratación del Dr. Camilo Silvera Méndez(..) en régimen de arrendamiento de obra, como solicita el Gobierno Municipal F (...)";

5o.) que se generó la compra directa por excepción N.º 393085;

                         CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211, inciso B) de la Constitución de la República, 111, numeral 2) y 114 del Texto Ordenado de Contabilidad  y Administración Financiera del Estado (TOCAF);

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Reiterar el gasto emergente de la Resolución N.º 4897/21 de 13/12/21 a favor del Dr. Camilo Silvera, CI 4.064.531-1 (Proveedor 104559), por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente Resolución.-

2.- Comuníquese al Municipio F, al Departamento de Recursos Financieros y pase a Contaduría General a sus efectos.-

 

 

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-