VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el proyecto de colector provisorio para dar desagüe a los efluentes pluviales del predio padrón No. 430970, perteneciente a la empresa Cepheus SA, ubicado sobre la Av. 26 de Marzo entre las calles Dr. Luis Bonavita y Prof. Juan Carlos Sabat Pebet, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, correspondiente al Municipio CH; RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento informa que no existen observaciones que formular al proyecto de conducción presentado y que a efectos de otorgar la correspondiente autorización se deberá prestar conformidad a las condiciones que se establecen y consignar las siguientes cantidades: la suma de $ 76.000,oo por concepto de garantía de buena ejecución y/o cumplimiento de plazos (10% del costo total estimado de la obra); $ 30.400,oo por concepto de costo de estudio, aprobación del diseño, así como por la dirección y contralor de las obras (4% del costo total estimado de la obra);
2o.) que dicho Servicio continúa indicando que la construcción deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto No. 29.233 de fecha 23 de octubre de 2000, referente a la Construcción de Colectores Provisorios y Canalizaciones Especiales de Desagüe y su reglamento, aprobado por Resolución No. 4520/00 de fecha 4 de diciembre de 2000 (en adelante “Reglamento”) y en los artículos D. 2214 a D. 2241.14 y R. 931 a R. 935.16 y R. 998 del Vol. VII del Digesto Departamental en lo aplicable, y en particular de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 35.130 de fecha 21 de julio de 2014, relacionado con los requerimientos para agregar una conexión a una canalización especial de desagüe existente;
3o.) que el mencionado Servicio establece que se deberá dar cumplimiento a las siguientes condiciones:
- El interesado tomará a su cargo y costo los trabajos correspondientes.
- La construcción se realizará de acuerdo al artículo 6o. del "Reglamento".
- La dirección y contralor estará a cargo del Servicio de Obras de Saneamiento, por lo tanto las obras no podrán dar inicio hasta que lo autorice dicho Servicio.
- El plazo de ejecución será de un máximo de 20 (veinte) días hábiles, en las condiciones del artículo 5o. del "Reglamento".
Se establece complementariamente:
- Las tuberías, cámaras y obras complementarias se construirán “en seco”, para lo cual deberán realizarse los trabajos de apuntalamiento y achique de napas subsuperficiales que puedan corresponder.
- Las tuberías y accesorios así como su instalación y manejo atenderán a las disposiciones de las normas UNIT o ISO correspondientes.
- Las cámaras de inspección de hormigón se ejecutarán de acuerdo a los detalles de los planos tipo de saneamiento. La unión de colectores de PVC con los registros se logrará mediante arenado con interposición de adhesivo en los extremos de los tubos.
- La ejecución de conexiones en el momento de la obra estará supeditada a que se realicen los trámites correspondientes en el Servicio de Administración de Saneamiento y en el Servicio de Contralor de Edificaciones.
- El propietario deberá entregar los planos de acuerdo a obra, antes de la recepción provisoria.
- Además se informa que con respecto a la excavación y posterior reposición de pavimentos, se deberán tomar las previsiones necesarias para que los pavimentos repuestos tanto en la zona directa a la reposición como en las zonas aledañas no sufran posteriores deterioros a causa de desmoronamientos laterales por causa de las obras a realizar.
CONSIDERANDO: 1o.) que se notificó a la interesada, quien prestó su conformidad a las condiciones establecidas, exhibiendo la garantía No. 826.443 y el recibo No. 4920693B, emitidos por el Servicio de Tesorería por concepto de las sumas fijadas;
2o.) que la Dirección de la División Saneamiento presta su conformidad;
3o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se autorice lo gestionado, en las condiciones especificadas;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.-Aprobar el proyecto de colector provisorio para dar desagüe a los efluentes pluviales del predio padrón No. 430970, perteneciente a la empresa Cepheus SA, ubicado sobre la Av. 26 de Marzo entre las calles Dr. Luis Bonavita y Prof. Juan Carlos Sabat Pebet, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, correspondiente al Municipio CH. 2o.-Comuníquese al Municipio CH, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 5, Contralor de la Edificación, Administración de Saneamiento y Estudios y Proyectos de Saneamiento para notificar a la propietaria y pase al Servicio de Obras de Saneamiento para la dirección y contralor de la obra.
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