Resolución N° 0084/23
Nro de Expediente:
2022-1009-98-000261
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
02/01/2023


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
COMPENSACIÓN ADICIONAL - SE AUTORIZA AL FUNCIONARIO DEL INSTITUTO DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL URUGUAY INAU, EN COMISIÓN EN ESTA INTENDENCIA, SR. MIGUEL PEREIRA, EL PAGO DE LAS SUMAS QUE PERCIBÍA EN SU ORGANISMO DE ORIGEN Y QUE DEJÓ DE PERCIBIR COMO CONSECUENCIA DE SU PASE EN COMISIÓN A ESTA INTENDENCIA, A PARTIR DEL 1º DE NOVIEMBRE DE 2022 Y MIENTRAS SE DESEMPEÑE EN COMISIÓN EN ESTA INTENDENCIA.-

Montevideo, 02 de Enero de 2023.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionario del Instituto del Niño y del Adolescente del Uruguay INAU, en comisión en esta Intendencia, Sr. Miguel Pereira, quien se desempeña en la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación;

                         RESULTANDO: 1°.) que por Resolución N° 4684/22 de fecha 17 de noviembre de 2022 se aceptó su pase en comisión a esta Intendencia, a partir del 1º de noviembre de 2022 y hasta la finalización del presente mandato departamental;

2°.) que solicita el pago de las compensaciones que percibía en su organismo de origen y que dejó de percibir como consecuencia de su pase en comisión a esta Intendencia;

3°.) que el Servicio de Liquidación de Haberes informa en actuación N° 7 el código de las compensaciones de que se trata;

4°.) que el Equipo Técnico Asesoría Jurídica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales sugiere acceder a dicha solicitud, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo D.98.2.2. del Volumen III del Digesto, a partir del 1º de noviembre de 2022;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución correspondiente;


LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Autorizar al funcionario del Instituto del Niño y del Adolescente del Uruguay INAU, en comisión en esta Intendencia, Sr. Miguel Pereira, CI Nº 4.236.063, el pago de las sumas que percibía en su organismo de origen y que dejó de percibir como consecuencia de su pase en comisión a esta Intendencia, según lo indicado en actuación Nº 7, a partir del 1º de noviembre de 2022 y mientras se desempeñe en comisión en esta Intendencia.-

2º.- Establecer que el titular de obrados deberá acreditar ante el Servicio de Liquidación de Haberes, las sumas que dejó de percibir en su organismo de origen, especificándose el concepto correspondiente.-

3º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, para la notificación correspondiente, al Servicio de Administración de Gestión Humana, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de Contaduría General pase al Servicio de Liquidación de Haberes, a sus efectos.-

 

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

Federico Graña 1906070, SECRETARIO GENERAL (I).-