Resolución N° 0089/23
Nro de Expediente:
2022-4892-98-000121
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
02/01/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
ADELANTO DE SUBSIDIO-AUTORIZAR EL ADELANTO DEL SUBSIDIO DE LOS MESES DE FEBRERO, MARZO Y ABRIL DE 2023 A LAS EMPRESAS PERMISARIAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS DE MONTEVIDEO (COETC, COMESA, CUTCSA, UCOT)

Montevideo, 02 de Enero de 2023.-
 

                  

VISTO: que los subsidios que reciben las empresas permisarias del transporte colectivo urbano están sujetos a la estacionalidad del mercado, recibiendo menos ingresos los meses de enero y febrero por presentar menor demanda;

RESULTANDO: 1º) que la División Transporte informa que con el fin de evitar el desequilibrio financiero de las mencionadas empresas, se hace necesario realizar un adelanto del subsidio a todas las empresas permisarias del transporte colectivo urbano de pasajeros de Montevideo de la siguiente manera: i) adelanto del subsidio de Febrero 2023, que se calcula como el 80% (ochenta por ciento) del subsidio de Enero de 2023; ii) adelanto del subsidio de Marzo 2023, que se calcula como el 80% (ochenta por ciento) del subsidio de Febrero de 2023; y iii) adelanto del subsidio de Abril 2023, que se calcula como el 30% (treinta por ciento) del subsidio de Marzo de 2023;

2º) que por Resolución Nº 132 bis/90 del 28 de febrero de 1990, su modificativa Nº 1535/95 del 12 de mayo de 1995 y su ampliatoria Nº 503/14 del 5 de febrero de 2014, se establece que la Intendencia podrá conceder a las empresas permisarias del transporte un adelanto de hasta 80% de lo abonado en el mes anterior al que se solicita, por concepto de todos los subsidios liquidados por la Intendencia;

3º) que el numeral 1) de la  Resolución del Tribunal de Cuentas de la República del 7 de febrero de 1996, carpeta 145757 sobre el procedimiento de adelantos a las empresas de transporte establece la necesidad de precisar el porcentaje de adelanto para cada pago;

CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad entiende oportuno proceder de conformidad;



LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Autorizar el adelanto del subsidio de los meses de febrero, marzo y abril de 2023 a las empresas permisarias del transporte colectivo de pasajeros de Montevideo (COETC, COMESA, CUTCSA, UCOT), según el siguiente detalle:

a) adelanto del subsidio de febrero 2023 que se calcula como el 80% (ochenta por ciento) del subsidio de enero de 2023;

b) adelanto del subsidio de marzo 2023, que se calcula como el 80% (ochenta por ciento) del subsidio de febrero de 2023; y

c) adelanto del subsidio de abril 2023, que se calcula como el 30% (treinta por ciento) del subsidio de marzo de 2023.

2º. Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Transporte y pase a Contaduría General a sus efectos.





ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

Federico Graña 1906070, SECRETARIO GENERAL (I).-