VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el recurso presentado por la empresa Convi S.A. contra la adjudicación de la Licitación Abreviada No. 383411/1/2020 y del efecto suspensivo del servicio de vigulancia en la Terminal Cerro que genera;
RESULTANDO: 1°) que la Unidad Estructuras Fijas de Transporte informa que: a) la empresa CONVI S.A. funda su recurso en que la oferta económica presentada por Belenus S.A. no es sustentable, haciendo hincapié en que la estructura de costos salariales no cubre los costos según laudos vigentes del sector; b) sin perjuicio que la estructura de costos salariales y de BPS presupuestada por Belenus S.A. no cubre los costos mínimos según consejos de salarios, ya que el total presupuestado de costos salariales y de BPS es de $ 4.684.021, cuando los costos mínimos según laudos vigentes asciende a $ 5.048.293, igualmente su oferta económica es sustentable, ya que presupuesta $700.000 de utilidad, con lo cual, el oferente podría utilizar parte de esa utilidad para complementar el pago de los costos salariales y de BPS, y cubrir los costos legales vigentes; c) es por lo antes expuesto que no existen fundamentos para hacer lugar al recurso presentado; d) adicionalmente resulta imprescindible contar con un adjudicatario para la prestación de los servicios de vigilancia privada, ya que de no contar con un nuevo adjudicatario, la Terminal Cerro quedará expuesta a actos de vandalismo de todo tipo, afectando directamente la integridad de los usuarios del sistema de transporte de Montevideo, por lo que se entiende necesario el levantamiento del efecto suspensivo de la recurrencia interpuesta por Convi SA;
2°) que el Servicio Técnico de Transporte Público y la División Transporte prestan su conformidad;
3°) que la División Asesoría Jurídica en vista de lo informado por la Unidad actuante y sin perjucio de que a posteriori se realice el estudio de los agravios expuestos por la empresa recurrente, teniendo en cuenta la necesidades del servicio el levantamiento de la suspensión;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad entiende necesario el dictado de resolución en tal sentido;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Disponer el levantamiento del efecto suspensivo de la recurrencia interpuesta por Convi S.A. contra la resolución que dispuso la adjudicación de la Licitación Abreviada No. 383411/1/2020.
2º. Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la División Transporte, al Servicio Técnico de Transporte Público y pase a la Unidad Estructuras Fijas de Transporte. |