Resolución N° 0198/22
Nro de Expediente:
2021-7834-98-000019
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
10/01/2022


Tema:
VARIOS

Resumen:
COMPENSACIÓN ADICIONAL Y HORAS EXTRAS - SE PRORROGA POR ÚNICA VEZ, EL PAGO DE LA COMPENSACIÓN ESPECIAL MENSUAL QUE PERCIBE LA FUNCIONARIA SRA. ADRIANA RODRÍGUEZ, A PARTIR DEL 1º DE ENERO Y HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2022.-

Montevideo, 10 de Enero de 2022.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Gerente de Compras;

                         RESULTANDO: 1º.) que solicita la prórroga hasta el 30 de abril de 2022, de la compensación especial mensual que percibe la funcionaria Sra. Adriana Rodríguez, autorizada por Resolución Nº 3167/21 de 30 de fecha agosto de 2021, debido a la implementación, en el marco del proyecto SUNI, del nuevo sistema que implicará un cambio sustantivo en los procedimientos de trabajo;

2º.) que por igual motivo solicita la prórroga de la excepción de los topes previstos en el Art. R.175.3, al amparo del Art. R.175.4 del Vol. III del Digesto a los funcionarios Sres. Adrián Rodríguez y Andrés Beltrán, autorizándoles a cada uno la realización de hasta 44 (cuarenta y cuatro) horas extras de labor mensuales;

3º.) que los Departamentos de Desarrollo Económico y de Secretaría General se manifiestan de conformidad y solicita este último que la prórroga de la compensación de que se trata sea por única vez;

4º.) que el Servicio de Liquidación de Haberes informa en la actuación número 45 el monto actualizado de la compensación;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Prorrogar por única vez, el pago de la compensación especial mensual, según lo informado en la actuación número 45, que percibe la funcionaria Sra. Adriana Rodríguez, CI N° 4.126.081, a partir del 1º de enero y hasta el 30 de abril de 2022.-

2º.- Prorrogar la excepción de los topes previstos en el Art. R.175.3, al amparo del Art. R.175.4 del Volumen III del Digesto, a los funcionarios Sres. Adrián Rodríguez, CI N° 4.146.092, y Andrés Beltrán, CI N° 2.611.856, autorizándoles la realización de hasta 44 (cuarenta y cuatro) horas extraordinarias de labor mensuales a cada uno, a partir del 1º de enero y hasta el 30 de abril de 2022.-

3º.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-

4º.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Desarrollo Económico, al Gerente de Compras, para las notificaciones correspondientes, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de Contaduría General pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

 

 

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-