VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionario Sr. Julio Olivera, quien se desempeña en la Unidad Región Montevideo Este;
RESULTANDO: 1º.) que por Resolución Nº 4158/18 de fecha 10 de setiembre de 2018, se lo reincorporó al régimen de extensión horaria de 6+2 (seis más dos) horas de labor; 2º.) que la Unidad Región Montevideo Este informa que al momento de notificarlo, el referido funcionario no firmó y se aclaró en el dorso por parte de Jefatura Operativa que no aceptaba su reincorporación, por lo que solicita la regularización de su situación laboral y los descuentos que correspondan; 3º.) que la División Administración de Personal sugiere dejar sin efecto respecto al funcionario Sr. Julio Olivera, la Resolución Nº 4158/18 con fecha 10 de setiembre de 2018;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en el sentido solicitado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Dejar sin efecto respecto del funcionario Sr. Julio Olivera, CI Nº 1.765.814, la Resolución Nº 4158/18 de fecha 10 de setiembre de 2018.-
2º.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Ambiental, a la División Limpieza, a la Gerencia de Gestión Operativa de Limpieza, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes, a las Unidades Información de Personal y Región Montevideo Este, para la notificación correspondiente, y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-
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