Resolución N° 0079/25
Nro de Expediente:
2024-1155-98-000310
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
07/01/2025


Tema:
MULTAS

Resumen:
PROYECTO DE DECRETO. REMITIR PROYECTO DE DECRETO A LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO A EFECTOS DE APLICAR UNA MULTA DE 350 U.R. A OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO, RUT: 211962820014, POR DEMORA EN LA REPOSICIÓN DE PAVIMENTO EN OBRAS DE EMERGENCIA.

Montevideo, 07 de Enero de 2025.-
 

VISTO: la infracción cometida por Obras Sanitarias del Estado (OSE), RUT 211962820014, mientras efectuaba trabajos en la calle Celia Correa Luna N.º 5453;

RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) con fecha 8 de mayo de 2024 se constató que dicha empresa infringió lo dispuesto en el Art. D.2241.6 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "Obras" del Digesto, por demora en la reposición de pavimento en obras de emergencia, en una superficie de 8; b) en el caso de remociones realizadas al amparo del Artículo D. 2216, la reposición se deberá realizar dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de culminado el trabajo; y c) se ha procedido a la notificación pertinente, no presentándose descargos;

2º) que de acuerdo con lo establecido por el Art. D. 2241.6 del citado cuerpo normativo, la sanción a aplicar será de 5 U.R. por cada metro cuadrado no repuesto y por cada período posterior de 48 horas en que se constate la falta de reposición de veredas, habiéndose constatado la infracción entre el 08/01/2024 y el 08/05/2024 (respetando las primeras 48 horas para la reposición y los dos períodos de licencia de la construcción), por lo que corresponde aplicar una multa por el máximo legal vigente de 350 U.R.;

CONSIDERANDO: que en aplicación de lo preceptuado por el Art. 19º, numeral 30 de la Ley 9.515 de 28/X/35 por multas comprendidas entre 70 U.R. y 350 U.R. corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;


EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

 ARTICULO 1º.- Autorízase a la Intendencia de Montevideo para imponer una multa de 350 U.R. (trescientas cincuenta unidades reajustables) a Obras Sanitarias del Estado, RUT 211962820014 con domicilio en Carlos Roxlo Nº 1275, por infracción a lo dispuesto en el Art. D.2241.6 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "Obras" del Digesto, por demora en la reposición de pavimento en obras de emergencia, en una superficie de 8 en una intervención en la calle Celia Correa Luna N.º 5453.-

ARTICULO 2º.-  Comuníquese.-

2º. Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.

 

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-