Resolución N° 0169/20
Nro de Expediente:
2019-2240-98-000869
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
13/01/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
SE OTORGA A LA EMPRESA UNIPERSONAL ARELLANO FUNES LOURDES LORENA, RUT 217072500015, UNA BONIFICACIÓN DEL 90% EN LA TASA DE CONTRALOR BROMATOLÓGICO E HIGIÉNICO SANITARIO, CUENTA CORRIENTE NO. 5510607, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR EL ART. 16 DEL DECRETO NO. 35.904 DE 16 DE JUNIO DE 2016.-

Montevideo, 13 de Enero de 2020.-
 

VISTO: la gestión de la empresa unipersonal ARELLANO FUNES LOURDES LORENA, RUT 217072500015, por la que solicita la bonificación en la Tasa Bromatológica;

RESULTANDO: 1o.) que la Comisión Asesora creada por el art. 7 de la Res. No. 73/12 de 2/01/2012 prevista por el art. 20, inciso 2 del Decreto No. 33.753 de 6/05/2011, en la redacción dada por el art. 16 del Decreto No. 35.904 de 16/06/2016, informa que examinada la documentación presentada por la gestionante se concluye que se trata de una pequeña empresa que se encuentra comprendida en la causal que compete a la referida reglamentación (emprendimiento gastronómico dedicado a la respostería, que no tiene empleados y utiliza las instalaciones del CEDEL Carrasco para la elaboración y comercializa sus productos gastronómicos en ferias y eventos) por lo que se sugiere una bonificación del 90% en la Tasa de Contralor Bromatológico e Higiénico Sanitario;

2o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado por lo que corresponde el dictado de la resolución que autorice la bonificación del 90% de la Tasa Bromatológica a la empresa unipersonal ARELLANO FUNES LOURDES LORENA, RUT 217072500015,  cuenta corriente No. 5510607;

CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad de acuerdo a lo dispuesto en el art. 16 del Decreto No. 35.904 de 16 de junio de 2016;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1o.- Otorgar a la empresa unipersonal ARELLANO FUNES LOURDES LORENA, RUT 217072500015, una bonificación del 90% en la Tasa de Contralor Bromatológico e Higiénico Sanitario, cuenta corriente No. 5510607, de acuerdo a lo establecido por el art. 16 del Decreto No. 35.904 de 16 de junio de 2016.-

2o.- Comuníquese al Servicio de Regulación Alimentaria y pase al Servicio de Ingresos Comerciales y Vehiculares.-

 

 

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

JORGE BURIANI PARDO, SECRETARIO GENERAL (I).-