Resolución N° 0016/22
Nro de Expediente:
2019-4112-98-000922
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
03/01/2022


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
REVOCAR VIABILIDAD. SE REVOCAN LAS VIABILIDADES DE USO AUTORIZADAS POR RESOLUCIONES NOS. 1678/19 Y 4438/20 DEL 1/IV/19 Y 14/XII/20 RESPECTIVAMENTE QUE REGULARIZÓ EL ESTABLECIMIENTO DESTINADO A A DEPÓSITO DE MUEBLES, BLANCOS, JARDÍN, BAZAR Y AFINES Y A EXPOSICIÓN Y VENTA DE COLCHONES, MUEBLES Y AFINES Y REPARACIÓN Y SERVICE DE COLCHONES Y SILLONES UBICADO EN EL PREDIO EMPADRONADO CON EL Nº 88.229, SITO CON FRENTE AL CNO. MALDONADO N.° 5409

Montevideo, 03 de Enero de 2022.-
 

                                          VISTO: que se solicitó regularizar el establecimiento ubicado en el predio empadronado con el N.º 88.229, sito con frente al Cno. Maldonado N.° 5409;

                                          RESULTANDO: 1º) que por Resolución N.º 1678/19 del 1/IV/19 se autorizó con carácter precario y revocable la viabilidad de uso para dicho establecimiento destinado a exposición y venta de colchones, muebles y afines y reparación y service de colchones y sillones; 

                                                                       2º) que por Resolución Nº 4438/20 del 14/XII/20 se autorizó con carácter precario y revocable la viabilidad de uso con destino a depósito de muebles, blancos, jardín, bazar y afines para el citado establecimiento; 

                                                                       3º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa que: a) no se inició trámite de habilitación comercial dentro de los plazos estipulados, habiendo sido intimado al correo electrónico autorizado para recibir comunicaciones; b) con fecha 22 de noviembre del 2021 se notificó a la empresa que se revocarían las actuaciones, confiriendo 10 (diez) días de plazo para tomar vistas de lo actuado, sin que se presentaran descargos; c) no surgen permisos de construcción tramitados con posterioridad a la gestión de viabilidad de usos para los padrones involucrados y d) por lo expuesto, se entiende que corresponde proceder a la revocación de las viabilidades de uso autorizadas;

                                                                       4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones se manifiesta de conformidad;

CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende pertinente el dictado de resolución en tal sentido;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Revocar las viabilidades de uso autorizadas por  Resoluciones Nos. 1678/19 y 4438/20 del 1/IV/19 y 14/XII/20 respectivamente que regularizó el establecimiento destinado a  depósito de muebles, blancos, jardín, bazar y afines y a exposición y venta de colchones, muebles y afines y reparación y service de colchones y sillones ubicado en el predio empadronado con el N.º 88.229, sito con frente al Cno. Maldonado N.° 5409, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

2°. Comuníquese al Municipio F, a las Divisiones Tránsito y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal N.º 9, de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, de Ingeniería de Tránsito, de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental, a la Unidad de Logística y pase al Servicio Contralor de la Edificación.

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-