VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expropiación total con toma urgente de posesión, del padrón Nº 20884, Carpeta Catastral Nº 1041, con destino a la renovación, rehabilitación y densificación urbanas, ubicado dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, Municipio B;
RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 2965/21 de fecha 12 de agosto de 2021 se solicitó la correspondiente anuencia a la Junta Departamental para designar para expropiar totalmente, con toma urgente de posesión, con destino a la renovación, rehabilitación y densificación urbanas, el padrón Nº 20884, la que fue otorgada por Decreto Nº 37.931 de fecha 9 de diciembre de 2021, promulgado por Resolución Nº 5184/21 de fecha 27 de diciembre de 2021;
2º) que la Unidad Expropiaciones y Topografía informa que:
a) se trata de un predio ubicado sobre la calle Daniel Muñoz, entre las calles Dr. Joaquín Requena y Juan Paullier, a pocos metros de la Plaza Gral. Liber Seregni;
b) el padrón se ubica dentro del área de aplicación de la Ley Nº 18.795, incluida en la zona C01: promoción de construcción de obra nueva y de acciones sobre el stock existente (reciclaje, ampliación y refacción), sin tope de precio para la venta, con 100% de beneficios tributarios para el alquiler;
c) el área afectada es de 120,83 m2, según plano de mensura del Ing. Agrim. Pablo Borgno, registrado en la Dirección Nacional de Catastro el 3 de octubre de 2022 con el Nº 53.209;
d) el monto global de la indemnización a pagar por la expropiación total del padrón Nº 20884, de acuerdo a los valores de mercado de la zona, la configuración del predio, normativa para la edificación, conjuntamente con todo tipo de daños y perjuicios derivados de la expropiación, asciende a la suma de U.I. 911.521,46 (unidades indexadas novecientas once mil quinientas veintiuna con cuarenta y seis centésimas);
e) se trata de una expropiación en el marco del Programa "Montevideo más tuya" y al amparo de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Nº 18.308, referido a compensación de deudas;
3º) que la Gerencia Planificación Territorial promueve el dictado de resolución, informando que el gasto se financiará de acuerdo con el Art. 9º del Decreto Nº 37.875 con los créditos exigibles de la Administración relativos a los tributos, sanciones por mora y demás sumas que le acceden al inmueble padrón Nº 20884, destinado al pago de la justa y previa compensación, al ser un caso de expropiación con destino rehabilitación urbana;
CONSIDERANDO: 1º) lo establecido en el artículo 62 de la Ley Nº 18.308 (Ley de Ordenamiento Territorial) y 9º del Decreto Nº 37.875;
2º) que el Departamento de Planificación se manifiesta de acuerdo, estimando procedente el dictado de resolución de que se trata;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Aprobar la indemnización que corresponde pagar por la expropiación total con toma urgente de posesión, del padrón Nº 20884, Carpeta Catastral Nº 1041, con destino a la renovación, rehabilitación y densificación urbanas, con un área afectada de 120,83 m2, según plano de mensura del Ing. Agrim. Pablo Borgno, registrado en la Dirección Nacional de Catastro el 3 de octubre de 2022 con el Nº 53.209, con frente a la calle Daniel Muñoz, entre las calles Dr. Joaquín Requena y Juan Paullier, ubicado dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, Municipio B, por un monto equivalente a U.I. 911.521,46 (unidades indexadas novecientas once mil quinientas veintiuno con cuarenta y seis centésimas).-
2º. Establecer que la citada erogación se financiará de acuerdo con el Art. 9º del Decreto Nº 37.875.-
3º. Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Desarrollo Urbano; al Municipio B; a la Gerencia Planificación Territorial; a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2 y Escribanía y pase a la Unidad Expropiaciones y Topografía a sus efectos.- |