VISTO: que el Sr. Federico Russomanno Olivera y la Sra. Flor Russomanno Olivera, CI Nos. 1.539.359-7 y 1.933.683-0 respectivamente, manifiestan su interés en reintegrar los derechos adquiridos sobre el nicho para urnas N.º 53 del Cementerio del Norte;
RESULTANDO: que el Servicio Fúnebre y de Necrópolis informa que: a) el bien salió del dominio departamental a nombre de la Sra. María Esther Suárez el 22 de julio de 1952; b) en fecha 6 de setiembre de 1995, se expidió nuevo título de uso a nombre de las personas gestionantes y c) se han cumplido los requisitos exigidos para aceptar la donación ofrecida;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende que se han cumplido los requisitos exigidos por el Art. R.1313 del Volumen XI "De Los Cementerios" del Digesto, por lo que corresponde aceptar la propuesta presentada;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO RESUELVE:
1º.- Aceptar la cesión de derecho de uso del nicho para urnas N.º 53 del Cementerio del Norte, presentada por el Sr. Federico Russomanno Olivera y la Sra. Flor Russomanno Olivera, CI Nos. 1.539.359-7 y 1.933.683-0 respectivamente, en favor de esta Intendencia.-
2º.- Establecer que la deuda existente se condonará conforme a lo dispuesto por el Art. D.2525 del Volumen XI "De Los Cementerios" del Digesto.-
3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y pase por su orden a los Servicios Fúnebre y de Necrópolis para su notificación y de Escribanía.- |