VISTO: el convenio suscripto con la Fundación Julio Ricaldoni para el desarrollo del “Programa de Mejora Urbana en Asentamientos” ejecutado por el Departamento de Desarrollo Urbano de la IdeM en su componente de infraestructura urbana;
RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 4213/20 del 24/XI/20 se aprobó un texto de acuerdo complementario del convenio mencionado, el cual fue suscripto con fecha 7/XII/20;
2º) que por Resolución Nº 4700/20 del 23/XII/20 se modificó la cláusula cuarta del referido texto;
3º) que la División Tierras y Hábitat informa que: a) se padeció error en la citada modificación al referirse a la propuesta técnica y no al convenio y b) por lo expuesto, propicia el dictado de resolución a fin de subsanar dicho error;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende pertinente proceder en tal sentido;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Dejar sin efecto la Resolución Nº 4700/20 del 23/XII/20.-
2º. Modificar la cláusula cuarta del acuerdo complementario entre esta Intendencia y la Fundación Julio Ricaldoni, aprobado por Resolución Nº 4213/20 del 24/XI/20 que quedará redactada de la siguiente manera: "CLÁUSULA CUARTA.- El convenio tendrá vigencia hasta el 31/III/2021."
3º. Comuníquese al Departamento de Secretaría General para su transcripción a la Fundación Julio Ricaldoni de la Facultad de Ingeniería, a la Contaduría General y pase a la División Tierras y Hábitat.-
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