VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Relaciones Internacionales y Cooperación;
RESULTANDO: 1°.) que solicita prorrogar el pago de la compensación especial mensual, al funcionario del Ministerio de Educación y Cultura en comisión en esta Intendencia, Sr. Rony Corbo, autorizada por Resolución N° 4590/21 de fecha 29 de noviembre de 2021 y cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 1161/22 de fecha 21 de marzo de 2022, equivalente a la diferencia entre la remuneración que percibe en su organismo de origen y la correspondiente al Grado SIR 18 con una carga horaria de 40 (cuarenta) horas semanales de labor, en tanto se mantienen los motivos que dieron lugar a su otorgamiento;
2º.) que el Departamento de Secretaría General se manifiesta de conformidad y solicita que dicha prórroga sea a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2023;
3°.) que el Servicio de Liquidación de Haberes informa en actuación Nº 66 el monto de la compensación de que se trata;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Prorrogar el pago de la compensación especial mensual, según lo indicado en actuación Nº 66, al funcionario del Ministerio de Educación y Cultura en comisión en esta Intendencia, Sr. Rony Corbo, CI Nº 3.738.805, equivalente a la diferencia entre la remuneración que percibe en su organismo de origen y la correspondiente a un Grado SIR 18 con una carga horaria de 40 (cuarenta) horas semanales de labor, a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2023.-
2º.- Establecer que el citado funcionario deberá acreditar mensualmente ante el Servicio de Liquidación de Haberes las sumas percibidas en su organismo de origen.-
3º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la División Relaciones Internacionales y Cooperación, para la notificación correspondiente, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Administración de Gestión Humana, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de Contaduría General, pase al Servicio de Liquidación de Haberes, a sus efectos.-
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