VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a concurso abierto de oposición y méritos N° 1323 – TS/21, para cubrir 1 (una) función de contrato de ENCARGADO/A DE MAQUINARIA, con destino al Teatro Solís, División Promoción Cultural, Departamento de Cultura, autorizado por Resolución Nº 2435/21 de fecha 5 de julio de 2021;
RESULTANDO: 1º.) que el ganador consta en el acta de clausura elaborada por el tribunal actuante que luce en obrados;
2º.) que el Equipo Técnico Asesoría Jurídica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales informa que todo el procedimiento se llevó a cabo conforme a derecho;
3º.) que la Unidad Selección y Carrera Funcional propicia el dictado de resolución de contratación;
4º.) que la División Administración de Personal se manifiesta de conformidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Contratar al funcionario Sr. Aníbal Lartigau, CI Nº 2.610.353, como resultado del llamado a concurso abierto de oposición y méritos N° 1323 – TS/21, para cubrir 1 (una) función de contrato de ENCARGADO/A DE MAQUINARIA, con destino al Teatro Solís, División Promoción Cultural, Departamento de Cultura, autorizado por Resolución Nº 2435/21 de fecha 5 de julio de 2021, con una dedicación horaria de 40 (cuarenta) horas semanales, en régimen de hasta 6 (seis) días de labor, el que incluye sábados, domingos y feriados (laborales y no laborales), con posibilidad de turnos rotativos, siendo indispensable contar con disponibilidad horaria, que serán determinados por la Administración según los requerimientos de la tarea, con una remuneración mensual de Sueldo Base $ 88.440 (pesos uruguayos ochenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta) vigencia 1º de abril de 2021, más los beneficios sociales y los incrementos salariales que se otorguen a los/as funcionarios/as.-
2º.- Disponer que se trata de un contrato anual con período de evaluación a los 6 (seis) meses, con posibilidad de renovación, sujeta a evaluación por rendimiento, y que la Administración se reserva la potestad de rescindir el contrato unilateralmente en caso de evaluación no satisfactoria.-
3º.- Establecer que quien resulte seleccionado asumirá en su nuevo cargo el primer día del mes siguiente a la notificación y aceptación respectiva de la resolución que lo contrata, y estará sujeto a un período de prueba de desempeño práctico de seis meses, durante el cual ejercerán la función en forma provisional, siendo su designación de carácter provisorio (Art. R. 232.1.1).-
4°.- Disponer que las contrataciones quedarán supeditadas a la recepción del Certificado de Antecedentes Judiciales y Certificado de Delitos Sexuales.-
5º.- Establecer que en caso de que resultara ganador un funcionario contratado de esta Administración, previo a la aceptación deberá renunciar a dicha contratación.-
6º.- Disponer que la erogación resultante se atenderá con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-
7°.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Cultura, a las Divisiones Promoción Cultural y Administración de Personal, a los Servicios de Administración de Gestión Humana, de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes, a las Unidades Información de Personal y Teatro Solís, y previa intervención de Contaduría General, pase a la Unidad Selección y Carrera Funcional, para la notificación correspondiente y demás efectos.-
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