VISTO: el sumario administrativo, sin suspensión preventiva, instruido al funcionario Ing. Guillermo Rodríguez, dispuesto por Resolución Nº 1068/18/5000 de fecha 22 de octubre de 2018;
RESULTANDO: 1º.) que tuvo por objeto determinar su responsabilidad por presuntas conductas de hostigamiento y acoso laboral hacia funcionarios/as del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, del cual era Director; 2º.) que por Resolución Nº 2333/17 de fecha 2 de junio de 2017, se cometió al Departamento de Desarrollo Ambiental su traslado a otra dependencia, en carácter de medida cautelar, a partir de su notificación, y mientras se sustanciara el abordaje relativo a problemas vinculares;
CONSIDERANDO: 1º.) que la Unidad Sumarios informa que el procedimiento cumplió con todas las garantías del debido proceso y que puestas las actuaciones de manifiesto y vista, el funcionario solicitó ampliación sumarial -a la que se hizo lugar en su totalidad- y evacuó la vista conferida; 2º.) que en lo relativo al fondo del asunto, señala que existe prueba suficiente -incluyendo el dictamen del Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional-, que permite sostener que el Ing. Guillermo Rodríguez ha incurrido en reiteradas conductas agraviantes, irrespetuosas y discriminatorias hacia los/as funcionarios/as del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas -en algunos casos incluso frente al público-; 3º.) que la Unidad Sumarios concluye que el funcionario comprometió su responsabilidad administrativa, tipificándose la falta calificada como grave por el artículo R.423.3 literal b), razón por la cual aconseja la aplicación de una sanción de 20 (veinte) días de suspensión, sin goce de sueldo, operando como circunstancia atenuante la ausencia de antecedentes disciplinarios y como circunstancias agravantes, haber cometidos los hechos con abuso de autoridad y ostentando un cargo de jerarquía, como establece el artículo R.427.7 literales d) y g), del precitado cuerpo normativo; 4º.) que asimismo entiende que de acuerdo a las resultancias de obrados, resulta inconveniente que el Ing. Guillermo Rodríguez tenga personal a cargo y muy especialmente los/as funcionarios/as involucrados/as en las presentes actuaciones; 5º.) que la División Asesoría Jurídica se manifiesta de conformidad y la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Dar por concluido el sumario administrativo dispuesto por Resolución Nº 1068/18/5000 de fecha 22 de octubre de 2018.-
2º.- Sancionar con 20 (veinte) días de suspensión, sin goce de sueldo, al funcionario Ing. Guillermo Rodríguez, CI Nº 1.016.633, quien se desempeña en el Departamento de Desarrollo Ambiental.-
3º.- Encomendar al Departamento de Desarrollo Ambiental la asignación del destino definitivo del mencionado funcionario, de conformidad a lo consignado en el Considerando 4º. del presente acto administrativo.-
3º.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Ambiental, para la notificación correspondiente y a los fines antes indicados, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, de Liquidación de Haberes y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, a las Unidades Información de Personal y Sumarios y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, para su archivo.-
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