VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el traslado de la feria que funcionaba los días miércoles en la calle Dr. Homero de Gregorio desde Juan José Quesada hasta Andrés Lamas;
RESULTANDO: 1o.) que producto de un flechamiento de calle fue necesario realizar el traslado urgente de la feria hacia la calle Juan José Quesada desde Dr. Homero de Gregorio hasta el Nº 3662, ubicando la periferia en la calle Juan José Quesada desde el Nº 3666 y Nº 3663 en adelante y el estacionamiento vehícular de los feriantes por la calle Juan José Quesada a continuación de la periferia y/o por M.Uriarte de Herrera y/o por Dr. Homero de Gregorio, a ambos lados de Juan José Quesada;
2o.) que el Área de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas, el Centro Comunal Zonal Nº 3, el Servicio de Ingeniería de Tránsito y la Unidad de Promoción e Integración del Comercio Alimentario, se manifiestan de conformidad;
CONSIDERANDO: 1o.) que la División Promoción Económica eleva las actuaciones sugiriendo acceder al traslado propuesto;
2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico estima pertinente el dictado de resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Convalidar lo actuado, autorizando el traslado de la feria que se llevaba a cabo los días miércoles en la calle Dr. Homero de Gregorio desde Juan José Quesadas hasta Andrés Lamas a la calle Juan José Quesada desde Dr. Homero de Gregorio hasta el Nº 3662.
2º. Establecer que la periferia se ubicará en la calle Juan José Quesada desde el Nº 3666 y Nº 3663 en adelante y el estacionamiento vehícular de los feriantes por la calle Juan José Quesada a continuación de la periferia y/o por M.Uriarte de Herrera y/o por Dr. Homero de Gregorio, a ambos lados de Juan José Quesada.
3º. Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General a efectos de librar comunicación al Área Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas, y de Planificación, al Municipio C, a las Divisiones Limpieza, Espacios Públicos y Edificaciones, Salud, Promoción Económica, a los Servicios de Ingeniería de Tránsito, de Regulación Alimentaria y de Convivencia Departamental y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 para su cumplimiento y a la Unidad de Promoción e Integración del Comercio Alimentario para su archivo.
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