VISTO: estas actuaciones relacionadas con la designación de los miembros integrantes del jurado que dictaminará en el Concurso de Corsos Barriales Carnaval 2025;
RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 753/24/8000 de fecha 28 de noviembre de 2024 dictada por la Dirección General del Departamento de Cultura, se dispuso aprobar el reglamento que rige el referido concurso;
2o.) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 24º del reglamento, dicho jurado estará integrado por tres miembros titulares y tres alternos, serán designados/as por la comisión del corso ganador del año anterior y avalados por el Municipio correspondiente, debiendo tener experiencia en la organización de corsos vecinales y no podrán tener vínculos de consanguinidad o afinidad, ser cónyuges o concubinos/as entre si o con las personas que figuran como responsables de los carros y conjuntos participantes;
3o.) que la Comisión de Carnaval del Concejo Vecinal Nº 13, ganador del corso barrial del 2024, según acta luciente en obrados, eleva la nómina sugerida avalada por el municipio correspondiente;
5o.) que la Gerencia de Festejos y Espectáculos solicita el dictado de resolución que apruebe la designación el citado jurado;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Cultura entiende pertinente proveer de conformidad;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Designar a los integrantes del jurado encargado de dictaminar en el Concurso de Corsos Barriales 2025, de acuerdo a lo establecido en el Art. 24º del Reglamento de Corsos Barriales, aprobados por la Resolución Nº 753/24/8000 de fecha 28 de noviembre de 2024 dictada por la Dirección General del Departamento de Cultura, de acuerdo a la siguiente nómina:
Titulares
Mirta Cáceres, C.I. Nº 1.471.324-9
Pablo Cal, C.I. Nº 4.470.500-0
Ana María Yorio, C.I. Nº 1.354.384-5
Alternos
Ángel Lozano, C.I. Nº 1.624.617-3
Adrián Silva, C.I. Nº 4.550.574-0
Teresita Soria, C.I. Nº 2.531.042-0
2.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a la División Información y Comunicación; a todos los Municipios y Centros Comunales Zonales; a la Unidad Festejos y Espectáculos y pase a la Gerencia de Festejos y Espectáculos .-
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