Resolución N° 0125/22
Nro de Expediente:
2020-1402-98-000022
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
03/01/2022


Tema:
PROMULGACIONES DE DECRETO

Resumen:
PROMULGACIÓN DE DECRETO - SE PROMULGA EL DECRETO N.º 37.953 Y SE APLICA UNA MULTA DE UR 160 A LA EMPRESA KONIG URUGUAY SA, CON DOMICILIO EN LA CALLE SAN FRUTUOSO N.º 1169, POR INFRACCIÓN A LA "ORDENANZA SOBRE DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES".-

Montevideo, 03 de Enero de 2022.-
 

                         VISTO: el Decreto N.º 37.953 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 16 de diciembre de 2021, por el cual de conformidad con la Resolución N.º 3792/21, de 12/10/21, se faculta a este Ejecutivo para aplicar una multa de UR 160 a la empresa Konig Uruguay SA, con domicilio en la calle San Fructuoso N.º 1169, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal N.º 16, Municipio C, por incumplimiento del art. 4 (condiciones de vertimientos a colector) del Decreto N.º 13.982 de 27 de junio de 1967, "Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales", en concordancia con su art. 11 (penalidades por incumplimientos) y con el art. 7, numeral 21, literal b) del Decreto N.º 21.626, con la actualización dada por la Resolución N.º 2287/13 (régimen punitivo departamental) de 3 de junio de 2013;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Promúlgase el Decreto N.º 37.953 sancionado el 16 de diciembre de 2021.-

2.- Aplicar una multa de UR 160 (unidades reajustables ciento sesenta) a la empresa Konig Uruguay SA, RUT 213129990013, con domicilio en la calle San Fructuoso N.º 1169, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal N.º 16, Municipio C, por incumplimiento del art. 4 (condiciones de vertimiento a colector) del Decreto N.º 13.982, de 27 de junio de 1967, "Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales", en concordancia con su art. 11 (penalidades por incumplimientos) y con el art. 7, numeral 21, literal b) del Decreto N.º 21.626, con la actualización dada por la Resolución N.º 2287/13 (régimen punitivo departamental) de 3 de junio de 2013.-

3.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, al Municipio F, a la División Asesoría Jurídica, a los Servicios Centro Comunal Zonal N.º 16, de Evaluación de Calidad y Control Ambiental, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho, para su incorporación al registro, y al Departamento de Desarrollo Ambiental para proseguir los trámites pertinentes.-

 

 

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-