Resolución N° 239/18/0113 | Nro de Expediente:
2018-3370-98-000313.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
12/9/2018 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar una multa de UR 5 a la firma unipersonal de la Sra. Cecilia Alonso Valladares, CI: 4.736.555-8, RUT: 217703060012 (destinado a Peluquería) , sito en la calle Avda. Gral. San Martín Nº 3555, por falta de Habilitación Municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) - Primera Reincidencia- expediente: 2018-3370-98-000313.-
Montevideo, 12 de Setiembre de 2018.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Peluquería, sito en la calle Avda. Gral. San Martín Nº 3555, propiedad de la firma unipersonal de la Sra. Cecilia Alonso Valladares, CI: 4.736.555-8, RUT: 217703060012, con igual domicilio a los efectos legales ;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (resolución Nº 66/18/0113 de fecha 07/III/2018), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitación Municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas- Primera Reincidencia);
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 5 (Unidades Reajustables cinco), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar a la firma unipersonal de la Sra. Cecilia Alonso Valladares, CI: 4.736.555-8, RUT: 217703060012, responsable del establecimiento destinado a Peluquería, sito en la calle Avda. Gral. San Martín Nº 3555, con igual domicilio a efectos legales, una multa de UR 5 (Unidades Reajustables cinco) por carecer de Habilitación Municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas- Primera Reincidencia) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15.- |
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Susana Rodriguez,Alcaldesa.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
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