Resolución N° 207/18/0113 | Nro de Expediente:
2016-3240-98-000046; 3240-004107-15.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
15/8/2018 |
Tema:
Multas
Resumen:
Aplicar una multa de UR 12 a la firma AMINABAR S.A., RUT: 217246390015 (destinado a bar y pizzería), sito en Av. Agraciada Nº 2350, por no levantar observaciones. Expediente: 2016-3240-98-000046.-
Montevideo, 15 de Agosto de 2018.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a bar y pizzería, sito en la calle Avda. Agraciada Nº 2350, propiedad de la firma AMINABAR S.A., RUT.: 217246390015, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no fueron levantadas las observaciones realizadas a fin de cumplir con los requerimientos para la habilitación comercial;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 12 (Unidades Reajustables doce), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, Inciso A, Numeral 2 del Decreto Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar una multa de UR 12 (Unidades Reajustables doce) a la firma AMINABAR S.A., RUT: 217246390015, responsable del establecimiento destinado a bar y pizzería, sito en la calle Avda. Agraciada Nº 2350, con igual domicilio a efectos legales, por no levantar las observaciones realizadas a fin de cumplir con los requerimientos para la habilitación comercial.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.- |
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Susana Rodriguez,Alcaldesa.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
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