Resolución N° 14/20/0113
Nro de Expediente:
2020-3240-98-000012.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/1/2020


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma CANICU S.R.L, RUT: 217761080013, sito en la calle Rivadavia Nº1580. Expediente 2020-3240-98-000012.-

Montevideo, 22 de Enero de 2020.-
 
VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a cancha - complejo Concepción, sito en la calle Rivadavia Nº 1580, propiedad de la firma CANICU SRL, RUT 217764080013, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que faltaba actualizaciòn de Habilitación Departamental ( Servicio de Regulación Alimentaria), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Sección XIII, Artículo 14, Inciso A, Numeral 1 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2018-3240-98-000174, se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
2º ) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma CANICU S.R.L., RUT: 217764080013, sito en la calle Rivadavia Nº1580 con igual domicilio a efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Susana Rodríguez,Alcaldesa.-

Jorge Cabrera,Concejal